Enlaces accesibilidad

Anticorrupción recurrirá el auto que imputa a la mujer de Gónzález por estar "mal fundamentado"

  • Los razonamientos jurídicos de la juez son "pocos y endebles", a su juicio

Está imputada por un posible delito fiscal en la compra de un ático en Estepona

Por
Anticorrupción recurrirá el auto que imputa a la mujer de Gónzález por estar mal fundamentado

La Fiscalía Anticorrupción tiene previsto recurrir antes de que termine esta semana por estar "mal fundamentado" el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Estepona (Málaga) que imputa a Lourdes Cavero, esposa del presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, por presuntos delitos de blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública que se le atribuyen en una denuncia relacionada con la compra del ático que ambos poseen en una urbanización de lujo de la citada localidad.

Así lo han señalado fuentes de Anticorrupción a Europa Press, que aluden a que el recurso obedece a lo "endeble" de los razonamientos jurídicos del auto de la magistrada Mariana Peregrina Blanco, que ocupan apenas dos folios. El recurso está previsto que se presente este jueves o, a más tardar, el próximo viernes, según las mismas fuentes.

La magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Estepona Mariana Peregrina Blanco ha trasladado a la Audiencia Nacional todas las actuaciones realizadas por este juzgado sobre el ático que tiene comprado el presidente de la Comunidad de Madrid y su mujer "evitar la indefensión" en el caso del propio dirigente madrileño.

El propio presidente de la Comunidad de Madrid ha opinado este jueves que el auto judicial que imputa a su mujer "está plagado de presunciones" y que, tras un año de actuaciones judiciales al respecto, "no se ha acreditado absolutamente nada y no se ha puesto encima de la mesa ninguna prueba ni dato de ninguna comisión de ningún delito".

Sin competencia para imputar a Ignacio González

En el auto, fechado el pasado 16 de diciembre, la jueza acuerda tener por personados y parte imputada a Investor LLC (la sociedad a la que González le pagaba el alquiler del ático mientras no era de su propiedad), atribuye la condición de imputada a la esposa del presidente madrileño mientras que tiene como personado al propio González.

Asimismo, tras declarar que carece de "competencia" para imputar a González, se acuerda la inhibición a favor del Juzgado Central de Instrucción -el órgano que investiga los casos que posteriormente juzga la Audiencia Nacional- sin aclarar en ningún momento los delitos que se le pueden imputar.

A lo largo de la resolución judicial, la jueza reconoce que "verdaderamente se puede correr el riesgo de producirse indefensión" tanto a Cavero como a González "ante las informaciones producidas por los medios de comunicación".

De hecho, añade que para evitar dicha indefensión, da traslado al Juzgado Central de Instrucción de las actuaciones "pese al informe desfavorable del Ministerio Fiscal".

La jueza habla, a la vista de los hechos denunciados -en un primer momento por el Sindicato Unificado de Policía-, de que se hace "alusión" además de a un supuesto delito contra la Hacienda Pública, a un supuesto delito de blanqueo de capitales, "provenientes de unas supuestas comisiones, producido con anuencia de una entidad extranjera 'ad hoc', con una estructura organizada".