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Las leyes del aborto en España: de la ley de supuestos de 1985 a la de plazos de 2010

  • La primera ley permitía abortar sin límites si había riesgo de salud para la madre
  • En caso de malformación eran 22 semanas y si había violación, 12 semanas
  • La ley de 2010 permite el aborto libre en las 14 primeras semanas de gestación
  • Rajoy presentó una reforma más restrictiva que la ley de 1985 pero la retiró
  • Ahora el PP impulsa una reforma puntual sobre las menores de 16 y 17 años

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Las leyes del aborto en España

España ha tenido dos leyes sobre el aborto, aprobadas ambas por gobiernos socialistas. Hasta 1985 la interrupción voluntaria del embarazo fue siempre delito. Solo se permitió por un breve espacio de tiempo en Cataluña durante la II República entre 1936 y 1938, en plena guerra civil.

A partir de 1985 se despenalizó en tres supuestos: violación, riesgo para la salud física y psíquica de la madre y malformación el feto. En 2010 se aprobó la ley de plazos actualmente en vigor, que permite el aborto libre en las 14 primeras semanas de gestación.

En diciembre de 2013, el Gobierno del Partido Popular presentó una reforma de la ley del aborto que eliminaba la posibilidad de abortar libremente en las primeras semanas y establecía un sistema de indicaciones más restrictivo que el de 1985 al eliminar las malformaciones como supuesto específico para abortar y exigir dos informes (en vez de uno) para demostrar el daño en la salud psíquica y mental de la madre.

Ante la falta de consenso, Rajoy anunció la retirada del anteproyecto de ley en septiembre de 2014, lo que provocó la dimisión de Alberto Ruiz Gallardón como ministro de Justicia.

En febrero de 2015, el PP ha registrado en el Congreso una nueva reforma de la ley del aborto, pero esta vez puntual, para exigir el consentimiento paterno a las menores de 16 y 17 años que quieren interrumpir su embarazo. La ley de 2010 les permite abortar sin consentimiento aunque las obliga a informar a sus padres salvo en caso de que exista riesgo de violencia familiar. Las jóvenes de 15 años o menores necesitan siempre permiso paterno.

La ley del aborto de 1985

La primera ley del aborto (la Ley Orgánica 9/1985 de reforma del artículo 417 bis del Código Penal) lo despenalizó en tres supuestos: en cualquier momento si existe "un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada"; en las 12 primeras semanas en caso de violación; y dentro de las 22 semanas si el feto va a nacer con "graves taras físicas o psíquicas".

La despenalización del aborto en los años 80 supuso un importante cambio social para los mujeres en los primeros años de la democracia. Aún así, esta primera ley contemplaba de seis meses a un año de cárcel (o multa de 6 a 24 meses) para las que abortaran fuera de los tres supuestos.

El "grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la madre", que permitía abortar sin límite de tiempo, requería "un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquel por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto". El dictamen era prescindible si existía riesgo vital para la mujer.

En el caso de las "graves taras físicas o psíquicas" del feto, que permitía la interrupción dentro de las 22 primeras semanas, también hacía falta un dictamen previo "emitido por dos especialistas de centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado al efecto, y distintos de aquel por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto".

En el caso de la violación era necesaria la denuncia para abortar en las 12 primeras semanas.

El Partido Popular recurrió entonces la primera ley del aborto del PSOE ante el Tribunal Constitucional, que respaldó los tres supuestos.

El último Gobierno de Felipe González intentó introducir un cuarto supuesto en 1995 para permitir la interrupción voluntaria del embarazo en caso de que supusiera un conflicto personal, familiar o social para la mujer, pero el adelanto de las elecciones dejó en el aire el cambio legislativo.

La ley del aborto de Zapatero

El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero aprobó una nueva ley del aborto que es la que aún está vigente. La Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo permite el aborto libre en las 14 primeras semanas; dentro de las 22 semanas si existe "grave riesgo para la vida o salud de la embarazada" o "riesgo de graves anomalías en el feto"; y en cualquier momento si se detectan "anomalías fetales incompatibles con la vida (...) o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable".

El PSOE llevaba en su programa de 2004 el compromiso de reformar la ley del aborto, pero no fue hasta 2009 cuando el Consejo de Ministros aprobó un nuevo proyecto de ley que establecía el aborto libre en las primeras 14 semanas.

La nueva ley entró en vigor el 5 de julio de 2010. El Partido Popular presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional, que lo admitió a trámite pero rechazó su suspensión cautelar hasta que se pronunciara sobre el fondo del asunto algo que todavía está pendiente.

La legislación actual permite a la mujer interrumpir su embarazo en las 14 primeras semanas. Solo se exige que haya sido informada "sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad" y que haya transcurrido un plazo de tres días desde la información hasta la realización de la intervención.

En el caso de "grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada" sigue siendo necesario un dictamen de un médico distinto al que practica el aborto. En el caso de "riesgo de graves anomalías en el feto" o de "anomalías fetales incompatibles con la vida" es necesario un informe de dos especialistas. Si de lo que se trata es de una "enfermedad extremadamente grave e incurable" lo tiene que confirmar un comité clínico.

La ley de 2010 establece que la decisión es de la mujer a partir de los 16 y solo obliga a informar de ella a uno de los representantes legales de la menor, padre o madre, excepto en los casos que dicha situación puede provocar "un conflicto grave" o peligro de "violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos" o se produzca una "situación de desarraigo o desamparo".

La reforma fallida de Gallardón

El anteproyecto de ley que acabó retirando el PP eliminaba el aborto libre y limitaba los supuestos para abortar a dos: violación dentro de las 12 primeras semanas y riesgo para la salud psíquica y física de la madre en las 22 primeras.

Eliminaba el supuesto de la ley de 1985 de malformación del feto y establecía que solo estaría permitido en este caso si había una "anomalía fetal incompatible con la vida" que cause un daño psíquico a la madre.

El PP incluía en su programa electoral la modificación de esta norma "para reforzar la protección del derecho a la vida" aunque sin especificar cómo lo haría.

El anteproyecto del PP establecía que en el caso de las menores de 18 años los padres tendrían que dar su consentimiento y que, si había discrepancias, resolvería un juez.

Ahora, el Grupo parlamentario 'popular' en el Congreso ha presentado una nueva reforma solo para modificar el tema de las menores.