Los empleados públicos podrán disfrutar el 'moscoso' devuelto hasta el 15 de febrero de 2014
- Es una medida excepcional: normalmente solo se puede hasta el 15 de enero
- Una resolución de Hacienda fija ahora en 4 días anuales ese tipo de permiso
Los empleados públicos tendrán hasta el próximo 15 de febrero para poder disfrutar el día de permiso por asuntos particulares que les ha devuelto el Gobierno con cargo al año que está a punto de terminar. Así se fija en una resolución de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas publicada en el BOE el pasado día 24 y en la que también se determina que, a partir de ahora, los trabajadores de las Administraciones públicas tendrán cuatro de estos días de permiso, también conocidos como moscosos.
Esta devolución de uno de los tres moscosos que perdieron en julio de 2012 -con el real decreto de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad- se ha articulado a través de una enmienda en el Senado al proyecto de Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público.
Desde Hacienda han justificado esta modificación en que "las perspectivas de la economía española permiten que se plantee la ampliación de este permiso en un día más".
A través de esa enmienda del Senado se ha introducido una modificación del Estatuto Básico del Empleado Público que establece cuatro días para asuntos particulares al año (en lugar de los tres fijados en 2012) para "todo el personal al servicio de una Administración Pública", ya que se extiende al personal laboral y al que está incluido en la Administración de Justicia.
Esa devolución de uno de los moscosos implica la reducción a 1.657 horas anuales la duración de la jornada general, siete horas menos de las fijadas en la resolución de diciembre del año pasado, pese a que la jornada semanal de trabajo efectivo se mantiene en 37,5 horas.
Extensión puntual hasta febrero
La ley orgánica que recoge ese cambio entró en vigor el pasado día 22, por lo que la resolución explica que el día adicional correspondiente a 2013 no ha podido ser "planificado con adecuada y suficiente antelación, lo que puede afectar negativamente tanto a la organización y prestación de los servicios como a los intereses de los propios empleados públicos". Por eso, continúa, se ha adaptado "puntualmente" su régimen de disfrute que, normalmente, solo se extiende hasta el 15 de enero.
Esa ampliación del plazo hasta el 15 de febrero se aplicará, según la resolución, al personal al que se aplica la normativa del 28 de diciembre de 2012, es decir: empleados públicos "al servicio de la Administración General del Estado, las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y los organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, y que se rijan por la normativa general de Función Pública".
Por contra, no servirá para el personal militar de las Fuerzas Armadas, al de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, ni tampoco al personal destinado en instituciones penitenciarias y centros sanitarios o docentes.