Enlaces accesibilidad

La Junta y el Estado piden confirmar la anulación de la licencia del hotel Algarrobico de Almería

  • Piden al TSJA que confirme el fallo del Juzgado de Almería
  • Obligó a revisar la concesión de la licencia municipal de obras
  • Colectivos ecologistas piden la demolición del hotel por "ilegal"

Enlaces relacionados

Por
El TSJA decide sobre la validez de la licencia del hotel del Algarrobico

La Junta de Andalucía y la Abogacía del Estado han pedido este martes al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirme el fallo del Juzgado de Almería que obligó a revisar el acto administrativo por el que se otorgó la licencia municipal de obras del hotel El Algarrobico, construido en el parque natural Cabo de Gata-Níjar (Almería), y han remarcado que el permiso municipal aprobado en 2003 es  "contrario" a las normativas sectoriales en materia de costas y  medioambiental.

En la vista celebrada en el alto tribunal andaluz, con sede en Granada, las dos administraciones han solicitado así que se desestimen los recursos de apelación presentados por el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) y la promotora Azata del Sol.

Los letrados de la Junta y el Estado no se han referido en la vista a la demolición del hotel, pedida por colectivos ecologistas, cuyo abogado ha subrayado que la licencia es "ilegal" por invadir la servidumbre de protección y afectar a un espacio no urbanizable.

El Estado dice que no se respetó la protección al litoral de 100 metros

Según el representante del Estado, que ha hecho referencia a hasta tres sentencias del Tribunal Supremo sobre esta construcción y que ha considerado por tanto el asunto "cosa juzgada", el Ayuntamiento de Carboneras otorgó en 2003 una licencia de obras contraria a las leyes de Costas y de Espacios Naturales Protegidos.

Por ello, ha subrayado que debería haberse respetado una servidumbre de protección respecto al litoral de 100 metros, y no de 20 o 50, y que la legislación "sectorial" aplicable era "tan importante" como la urbanística.

En un sentido similar se ha expresado el letrado de la Junta de Andalucía, que ha asegurado que no hay "incongruencia" en el fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de Almería recurrido y que ha solicitado que se condene expresamente al pago de las costas a la parte apelante, el Consistorio y la empresa promotora.

El abogado de los colectivos conservacionistas personados en el proceso, además de pedir que se confirme el fallo recurrido, ha solicitado expresamente al TSJA que emita un pronunciamiento "contundente" y no permita así al Ayuntamiento seguir "haciendo interpretaciones" sobre la validez o no de la licencia.

El Ayuntamiento dice que cumplió siempre la legalidad vigente

Por su parte, el representante del Ayuntamiento de Carboneras ha alegado que esta administración municipal obró "en todo momento" cumpliendo la legalidad vigente y que la licencia de obras en litigio "nunca" fue impugnada en tiempo y forma, como tampoco ocurrió con el plan parcial ni las normas subsidiarias de planeamiento urbanístico de la localidad.

Para el abogado del Consistorio, que ha reiterado que el proyecto y la planimetría presentados por la empresa cumplían "perfectamente" con la normativa y que no había motivo para no conceder la licencia, la sentencia recurrida es "incongruente" y llega a extenderse incluso a cuestiones no planteadas por ninguna de las partes.

Asimismo ha apuntado que la Junta tampoco impugnó durante veinte años el plan parcial ni las normas subsidiarias de Carboneras, unas críticas hacia la administración autonómica a las que se ha sumado el letrado de la mercantil Azata del Sol, quien ha recordado que esta empresa compró los terrenos a una sociedad participada por esta institución pública.

Este último letrado ha considerado a esta sociedad inversora como una "víctima" que ha sufrido "gravísimas consecuencias de tanta irracionalidad" y ha expuesto que no fue a Almería a "buscar un problema", sino que se asesoró antes sobre la adecuación urbanística de los terrenos.

Según el representante de la promotora, la parte contraria pretende convertir además la acción de nulidad respecto a la licencia de obras en una "especie de recurso indirecto" que no fue debidamente presentado en su momento.