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El PSOE no se conformaría con incluir el supuesto de malformación en la ley del aborto

  • La secretaria de Igualdad del PSOE vuelve a exigir la retirada del anteproyecto
  • Para Causapié, la reforma considera a las mujeres incapaces de decidir
  • Según Justicia, tendrá un impacto económico "positivo" al subir la natalidad

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El PSOE no se conformaría con incluir el supuesto de malformación en la ley del aborto

La secretaria de Igualdad del PSOE, Purificación Causapié, ha advertido de que su partido no se conformará con incorporar al anteproyecto de ley de reforma del aborto el supuesto de malformación fetal y ha vuelto a exigir al Gobierno la retirada inmediata del texto.

Los socialistas responden así a lo publicado este lunes en el diario El Mundo, que informa de que el Gobierno se plantearía permitir el aborto en las casos más graves de malformación del feto, aunque esas patologías no sean necesariamente incompatibles con la vida, la única posibilidad según el anteproyecto actual.

Según Causapié, los socialistas cambiaron la ley cuando gobernaban para garantizar que las mujeres puedan decidir, para dar seguridad jurídica a esas decisiones y para prevenir embarazos no deseados, y por tanto, ahora no se van a conformar con una ley que no garantice eso.

En rueda de prensa tras la reunión de la Comisión Permanente de la Ejecutiva Federal, la dirigente socialista se ha preguntado también si reformar la ley del aborto para mejorar la crisis económica es "la última ocurrencia de Rajoy", en referencia a la memoria económica que acompaña el anteproyecto.

"No sabemos si es la gran ocurrencia de Rajoy para mejorar la crisis económica, pero esa no es la vía; las mujeres somos más completas como personas que como úteros y no vamos a permitir esa afrenta a nuestra consideración como ciudadanas y como personas", ha criticado.

Impacto económico "positivo" por el incremento de la natalidad

La memoria del impacto normativo de la reforma de la ley del aborto elaborada por el Ministerio de Justicia, un documento de 48 páginas al que ha tenido acceso Europa Press, indica que la puesta en marcha de la norma producirá un impacto económico "neto positivo por los beneficios esperados por el incremento de la natalidad", aunque reconoce que éste  será "difícilmente cuantificable" y en todo caso, requerirá de "una  proyección en el tiempo".

Con todo, el informe advierte que las consecuencias económicas no deben identificarse con el objetivo de la reforma, cuya "finalidad primordial" es la  adaptación de la normativa a la "defensa de la vida del nasciturus". En el texto de Justicia, además, se indica que el primer motivo que justifica la reforma es la "no disminución de número de abortos practicados".

A juicio de Causapié, la consideración de las mujeres como personas incapaces de tomar decisiones impregna no solo la reforma del aborto, sino la reforma laboral y otras iniciativas del Gobierno, cuyo objetivo es que la mujer "vuelva a casa para cuidar de los niños, de las personas mayores y los dependientes", ha sostenido.

Tras señalar que otros países europeos han demostrado que para mejorar la natalidad y la economía lo que se debe hacer es garantizar el empleo a las mujeres y garantizar servicios públicos adecuados para la atención de los niños, mayores y dependientes, Causapié ha recalcado que el PSOE va a trabajar en el Congreso, en el Parlamento Europeo, en los ayuntamientos, las cámaras autonómicas y la calle en defensa de esa política.

A este respeto, ha recordado que el próximo sábado los socialistas participarán en una "movilización importante", a la que asistirán militantes de toda España.

Por su parte, el secretario de Organización, Óscar López, ha abundado en que el PSOE rechaza la reforma del aborto que ha planteado el Gobierno "por tierra, mar y aire" y en que va a intentar "paralizarla".

Justicia: No se restringen los derechos de la mujer

En su informe, el Ministerio de Justicia defiende la Ley Orgánica de Protección de Vida del Concebido y los Derechos de la Embarazada aclarando que si bien "es cierto" que la ley de plazos vigente "considera que el derecho de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo" debe "prevalecer sobre el derecho a la vida del nasciturus", la reforma no está restringiendo sus derechos.

Según argumenta, el objetivo es "la defensa efectiva de la vida del concebido y no nacido en aquellos supuestos en los que no hay conflicto con otros derechos y valores constitucionales, dejando de hacer depender la tutela del concebido de forma absoluta, en sus primeros momentos de la voluntad de la mujer, ya que la vida del concebido es un valor constitucional digno de protección, distinto a los derechos de la mujer".

El informe defiende que "priman los derechos de la mujer en caso de conflicto"

"Ello no significa que se restrinjan o limiten los derechos de la mujer", afirma. En esta línea, sostiene que el anteproyecto "da primacía a los derechos de la mujer reconocidos en la Constitución como su vida, salud o dignidad más esencial cuando entren en conflicto con la vida del nasciturus", y apunta que "se defiende también su libertad" porque se la considera "siempre víctima de una situación de grave conflicto personal" sin que se le imponga "ninguna punibilidad en ningún supuesto".

Otro de los argumentos de ese "impacto de género positivo" que esgrime el Ministerio de Justicia se basa en que "se exige que su consentimiento" al aborto "se otorgue debidamente informado",  lo que "resulta esencial para garantizar el mayor grado de libertad de la mujer en el momento de la adopción de una decisión".

Justicia destaca se ha tenido en cuenta la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU y las recomendaciones de su Comité, que instó a España a suprimir la distinción que hacía la ley de plazos permitiendo el aborto en una gestación más avanzada "por motivos de discapacidad exclusivamente", según el informe.

"Por ello,  la reforma excluye la indicación del llamado aborto eugenésico, entendiendo por tal aquel que se produce cuando existe en el feto riesgo de graves anomalías o enfermedades graves e incurables en el momento del diagnóstico.

Se ha eliminado cualquier referencia a ello, manteniendo exclusivamente la referida a las anomalías incompatibles con la vida del feto, pero no como indicación, sino como origen del grave peligro para la salud psíquica de la mujer", explica el texto.