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La Fiscalía se opone a extraditar a 'Billy El Niño' a Argentina porque habrían prescrito las torturas

  • Argentina le reclama por un delito de torturas cometido entre 1971 y 1975
  • También cree que la justicia española es competente para enjuiciarle

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Juan Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño.
Juan Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional se ha opuesto a extraditar a Argentina al exinspector Juan Antonio González Pacheco, Billy el Niño, por torturas en el franquismo, ya que considera que la justicia española sería competente para enjuiciar de este asunto y que los delitos estarían prescritos.

Esta es la posición que la Fiscalía defenderá en la vista de extradición que se celebrará ante la sección segunda de la Audiencia Nacional, después de que el Consejo de Ministros acordara continuar su entrega a petición de la jueza argentina María Servini, por un delito de torturas habría cometido sobre trece personas durante el tiempo en que estuvieron detenidas entre 1971 y 1975.

El fiscal Pedro Martínez Torrijos defiende en su dictamen la preferencia de la jurisdicción del estado donde se cometieron los hechos para evitar una duplicidad de procesos, recuerda que de acuerdo al Código Penal español de 1973 los hechos estarían prescritos "con creces" por haber pasado más de diez años y que la jurisdicción universal no se aplica retroactivamente.

Los hechos estarían prescritos

El escrito del representante del Ministerio Público, dirigido a la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el órgano que debe decidir sobre la extradición, señala que "dado el tiempo transcurrido desde las fechas de comisión de los hechos (1968-1975), sería aplicable la prescripción del delito", según el Código Penal de 1973, aplicable en este caso.

"Los hechos denunciados ocurrieron entre el 24 de febrero de 1971 y el 18 de abril de 1975, por tanto el plazo de prescripción de 10 años previsto en el Código Penal vigente al momento de los hechos habría transcurrido con creces", señala el fiscal Martínez Torrijos.

Para explicar esto último, argumenta que a pesar de que los tratados internacionales establecen que los delitos de lesa humanidad no prescriben, la jurisprudencia del Tribunal Supremo fija que esta norma general no se puede ejecutar de forma retroactiva y, por ello, considera aplicable a este caso el Código Penal español de esa época, que fija la prescripción de las torturas en diez años.

Así, cree que "sin perjuicio de la resolución que pudieran adoptar los órganos competentes de la jurisdicción española en el marco de sus investigaciones" si se formula denuncia por parte de Argentina, la extradición se podría denegar porque los delitos estarían prescritos.

La Fiscalía señala además que "los tribunales españoles son competentes para el conocimiento de los hechos" ya que las presuntas torturas fueron cometidas "en territorio español, por ciudadanos españoles y las víctimas son nacionales españoles".

Querellas por delito de torturas

Billy el Niño, así como el ex guardia civil Jesús Muñecas Aguilar, Capitán Muñecas (pendiente también de una vista de extradición), se negaron a ser entregados a Argentina el pasado diciembre ante el juez Pablo Ruz, quien impuso a ambos comparecencias semanales, la prohibición de salir de España y la retirada del pasaporte.

La extradición de estos dos exmandos de la Policía y la Guardia Civil la pidió la jueza Servini tras admitir una querella contra ellos por homicidio agravado, privación ilegal de la libertad, torturas y sustracción de menores (lo que aludiría a la trama de los bebés robados) durante la época franquista.

Billy el Niño, de 67 años, está reclamado por un delito de torturas que habría cometido sobre trece personas durante el tiempo en que estuvieron detenidas entre 1968 y 1975 en las cárceles madrileñas de Yesería y Carabanchel.

Se trata de José María Galante, Miguel Ángel Gómez Álvarez, Andoni Arrizabalaga, Antonia Hernández, Francisca Villar del Sanz, Luis Suárez, Silvia Carretero, Acacio Puig, Alfredo Rodríguez Bonilla, Antonio Chapera, Felisa Echegoyen, Francisco José Fernández Segura y Jesús Rodríguez Barrio.

El exinspector, que aparece hasta en 17 querellas del franquismo por delitos de torturas, fue citado a declarar en los procesos por el asesinato de los abogados de Atocha y en juicios relacionados con grupos paramilitares antiterroristas, así como condenado por malos tratos, pero se benefició de la Ley de Amnistía de 1977.