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El TSJ de Cataluña ordena que el 25% de las clases se den en castellano si lo pide un alumno

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Una profesora ensaña cómo se escriben algunas palabras en catalán
Una profesora ensaña cómo se escriben algunas palabras en catalán.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha emitido este viernes varios autos en los que obliga a la Generalitat impartir el 25% de las horas lectivas en castellano cuando un alumno lo pida, incluyendo como mínimo una asignatura troncal, además de la de lengua y literatura castellana.

De esta manera, en cinco resoluciones que dan respuesta a las peticiones de otros tantos padres para que sus hijos reciban educación en castellano, el TSJC establece que el catalán debe ser considerado como el "centro de gravedad" del sistema educativo, si bien fija una presencia mínima del castellano como lengua vehicular en un 25% de las horas lectivas.

Los autos, con fecha de 30 de enero, dan respuesta a los recursos  de varias familias que exigieron medidas a la Generalitat para  garantizar la enseñanza también en castellano para sus hijos, y  considera que el Govern no las ha cumplido debidamente, según la  resolución.

En la parte dispositiva del texto, el TSJC afirma que, partiendo  de que el catalán es "centro de gravedad del sistema educativo" -como  determinan el Estatut y la legislación catalana-, se debe "fijar la  presencia mínima del castellano como lengua vehicular, en los cursos  y clases donde las hijas de la recurrente siguen sus estudios".

La resolución afecta a los centros Mare de Déu del Roser de Barcelona; el instituto Alba del Vallès de Sant Fost de Campsentelles; Escola Pia Sant Josep de Calassanç de Sabadell; la Escola Pia de Sarrià-Calassanç de Barcelona y el Colegio Sant Bonaventura Franciscans de Vilanova i la Geltrú.

Una cuota mínima de castellano

Se trata de la primera vez que el alto tribunal fija una cuota  mínima de castellano en las aulas, y la sala ha acordado requerir a  las escuelas afectadas para que adapten las "disposiciones  pedagógicas oportunas" en el plazo de un mes contando desde dicha  notificación y dando cuenta al tribunal.

El TSJC ha determinado el alcance del derecho de las familias  recurrentes "dada la doctrina ya consolidada en el Tribunal Supremo  (TS) sobre el derecho de los alumnos a utilizar el castellano en la  enseñanza de los alumnos que lo hayan pedido", ha informado en un  comunicado.

Por ello, ha fijado una "utilización mínima" del castellano en el  25% del horario lectivo, lo que podrá comportar que una asignatura o  materia troncal se imparta en castellano, además de la asignatura  lingüística de lengua y literatura castellana.

La sala considera que esta fórmula "garantiza una presencia  prioritaria y suficientemente amplia del catalán como lengua  vehicular, sin que el castellano se vea reducido a una utilización  meramente simbólica".

En los autos, el TSJC subraya que en ocasiones ha rechazado peticiones de padres de alumnos que piden que sus hijos sean escolarizados en castellano porque en las escuelas afectadas hay una "suficiencia" de presencia vehicular del castellano, en una "proporción razonable".

Sin embargo, en los cinco casos que han motivado los recursos no detectó una "proporción razonable" del uso del castellano en las clases, por lo que requirió a la Generalitat para que lo solventara, sin éxito. De hecho, se ha atendido  a los niños de forma individualizada en castellano, lo que conduce  a "una situación de discriminación prácticamente idéntica a la  separación en grupos clase por razón de la lengua habitual" y ha motivado las disposiciones de estos autos.

Este lunes el Supremo rechazó un recurso de casación interpuesto por la Generalitat contra un auto que dictó el TSJC en enero de 2013 y que requería al Govern a adoptar las medidas necesarias para incorporar el castellano como lengua vehicular en la enseñanza junto al catalán, tras la demanda presentada por la familia de un alumno.