El Gobierno impone una tasa a los agregadores de noticias para compensar a los editores
- La ley 'antipiratería' abre la vía civil y acota el concepto de copia privada
- El ministro Wert reconoce que la nueva norma no resolverá todos los problemas
Los agregadores de contenidos en Internet como Google deberán pagar a los titulares de derechos de autor por el uso que hagan de sus obras, según establece la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual aprobada este viernes por el Consejo de Ministros y que ahora tiene que pasar por el trámite parlamentario.
El proyecto permitirá que los agregadores utilicen sin autorización fragmentos no significativos de contenidos generados por los periódicos siempre que, a cambio, satisfagan la correspondiente compensación equitativa.
El ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, aseguró que se trata de "una regulación pionera en el ámbito europeo". "Es la primera vez que una regulación de propiedad intelectual introduce el derecho de los editores (o de los periodistas si no la tienen cedido) a obtener una compensación equitativa por el uso que de sus ediciones hacen los agregadores de noticias, sean contenidos informativos, de entreteneimiento o de formación de opinion (columnas, editoriales..)".
Vía civil con multas de hasta 300.000 euros
La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual aborda los aspectos más "urgentes" y abre la vía civil para perseguir e investigar a quienes cometan infracciones con multas de hasta 300.000 euros, ha explicado Wert, que opina que habilitar esta vía para perseguir estos delitos es "muy importante".
Asimismo, el ministro ha explicado que los que vulneren los derechos de autor ya no serán solo los que alojen contenido ilícitos, sino aquellas páginas que de "forma sistemática y con propósito comercial" faciliten el acceso ordenado y clasificado a contenidos ilegales a través de enlaces.
El proyecto también acota la situación actual de copia privada, que queda circunscrita a la copias para uso privado y sin uso comercial de CDs y DVDs.
Norma todavía insuficiente
El marco legal aprobado por el Gobierno, que según ha reconocido el ministro no resolverá todos los problemas contra la piratería, ya que algunos están fuera de las fronteras españolas, persigue tres objetivos: mayor control de las entidades de gestión de derechos de la propiedad intelectual, un refuerzo de la Comisión de Propiedad Intelectual para la lucha contra la piratería y una revisión del concepto de copia privada.
En referencia al segundo punto, el anteproyecto pretende limitar la difusión de contenidos digitales que infringen los derechos de autor en las páginas que difunden contenidos protegidos a gran escala, como las webs con contenido protegido.
Para ello, el Gobierno propone que los proveedores de servicios de pago y de publicidad a páginas web actúen como intermediarios para impedir esta difusión.
También se refuerza la capacidad de actuación administrativa frente a la piratería, que a través de la vía civil, podrá aplicar multas a los infractores que oscilarán entre 30.000 a 300.000 euros.
Se establece asimismo un sistema de recaudación de ventanilla única como medio de facturación y pago. Para ello, se impone a las entidades de gestión la obligación de constituir una persona jurídica privada a la que se le encomiende la tarea de centralizar las operaciones de facturación y pago de los usuarios de derechos de propiedad intelectual.
Con esta iniciativa se pretende la simplificación y reducción de los costes de transacción para los usuarios (por ejemplo: restaurantes, hoteles, peluquerías, etc.), que evitarán multiplicar las gestiones para liquidar las cuentas con las entidades de gestión por el uso de los contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual.
Concepto de copia privada
La nueva norma mantiene la financiación de la compensación por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, si bien este sistema es transitorio, a la espera de una armonización comunitaria.
Según el Proyecto de Ley, permanecen amparadas por el límite de copia privada las reproducciones de CD o DVD comprados y las grabaciones de fuentes de televisión o radio para un visionado o escucha posteriores. El tratamiento de las copias “digitales” (a través de Internet) queda remitido a los correspondientes contratos de licencia (“copias licenciadas”) suscritos en el momento de adquisición del derecho a reproducir el contenido protegido.
Con ello, y según el Gobierno, se pretende "impulsar un modelo de explotación de derechos de propiedad intelectual acorde al progreso de la sociedad de la información", que ya no se fundamenta en la copia analógica o de soporte, sino en la reproducción virtual a través de copias licenciadas.