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El Tribunal de Justicia de la UE considera ilegal el 'céntimo sanitario' y abre la puerta a su devolución

  • Una empresa de transporte catalana solicita que le devuelvan 45.000 euros
  • El TJUE cree que el Gobierno español y la Generalitat obraron de mala fe
  • Fenadismer cifra en 2.300 millones lo que pueden recuperar los transportistas

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El Tribunal de Justicia de la UE dice que es ilegal el cobro del céntimo sanitario

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que el 'céntimo sanitario' -el impuesto sobre los  carburantes que aplican 13 comunidades autónomas y cuyos  ingresos se destinan a financiar la sanidad- vulnera la legislación  comunitaria.

La sentencia sigue el criterio establecido por el abogado general y señala que el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos (IVMDH), en vigor entre el 1 de enero de 2002 y el 1 de enero de 2013, no respeta la directiva sobre los impuestos especiales.

Los jueces señalan que "no procede limitar en el tiempo los  efectos de esta sentencia, ya que el Gobierno español y la  Generalitat de Cataluña no obraron de buena fe al mantener este  impuesto en vigor durante más de diez años". España recaudó ilegalmente 13.000 millones de euros entre 2002 y 2011.

El fallo responde a un litigio iniciado por la empresa de  transporte Jordi Besora S.L. establecida en Cataluña. La compañía solicitó que se le  devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto  alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de  Justicia de Cataluña, que había pedido a la justicia europea que se  pronunciara.

El TJUE argumenta que el IVMDH no persigue una finalidad específica y no puede usarse para financiar el gasto sanitario general, porque no hay "un vínculo directo entre el uso de los rendimientos y el fin del impuesto en cuestión". Es decir, sería válido si un impuesto sobre el tabaco, por ejemplo, se dedicará a financiar los tratamientos contra el tabaquismo.

La Justicia europea tampoco limita sus efectos en el tiempo "por las consecuencias financieras que podrían derivarse para un Estado miembro". Explica que si esto fuera así "las violaciones más graves recibirían el trato más favorable al entrañar consecuencias económicas más cuantiosas".

Un recargo de hasta 4,8 céntimos por litro de carburante

Todas las comunidades autónomas cobran este impuesto especial cedido por el Estado que se creó en 2002 excepto Aragón, La Rioja, País Vasco y Canarias, que tienen los precios más baratos del combustible. En las 13 comunidades autónomas que lo aplican oscila entre 1,2 y 4,8 euros por litro de carburante.

Este gravamen alcanza su valor máximo de 4,8 céntimos tanto para gasolina como gasóleo en nueve comunidades autónomas, que son Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia, Valencia, Cataluña y Baleares.

En Navarra se sitúa en 2,4 céntimos por litro, frente a los 1,7 céntimos de Madrid, mientras que en Asturias es de 4,8 céntimos para la gasolina y de 4 céntimos para el gasóleo. En Galicia oscila entre 2,4 céntimos para la gasolina y 1,2 céntimos para el gasóleo.

El Ministerio de Hacienda matizó que el céntimo sanitario fue derogado con la Ley de Presupuestos de 2012 en la configuración sobre la que se ha pronunciado el TJUE. En 2012, las últimas autonomías en implantarlo fueron Baleares y Navarra.  La comunidad foral dejó de aplicarlo el pasado 1 de enero.

Montoro acata la sentencia

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, asegura que "como no puede ser de otra manera, somos Europa y acatamos completamente esa sentencia". En el Congreso, ha puntualizado que las consecuencias en materia de reposición económica "habrá que evaluarlas" y "aún no es posible facilitarla porque tendremos que ver la amplitud a que se refiere la sentencia".

Montoro acata la sentencia del 'céntimo sanitario'

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) estima que, por los últimos 5 años (plazo en que prescriben los delitos fiscales) cada camionero puede reclamar una media de 16.000 euros y cada conductor de autobús unos 14.000, para el sector en su conjunto la devolución supondría unos 2.300 millones de euros.

Los contribuyentes que quieran solicitar al fisco lo que han pagado por  el 'céntimo sanitario' cuando han llenado el depósito de sus vehículos  sólo podrán hacerlo de lo efectivamente ingresado entre marzo de 2010 y diciembre de 2012, dado que el resto de ejercicios fiscales ya están prescritos, según Gestha.

Por su parte, la defensora del PuebloSoledad Becerril, señala que "España deberá cumplir la sentencia y, si así lo dice, restituir las cantidades oportunas".