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El PIMA Aire estará disponible para particulares y vehículos de hasta un año de antigüedad

  • Los particulares se podrán beneficiar sin necesidad de tratarse de autónomos
  • Si se da de baja un vehículo, tiene que haberse matriculado antes de 2007
  • El plan no es aplicable a automatriculaciones por parte de los concesionario

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Una furgoneta de reparto
Una furgoneta de reparto.

¿Qué es el PIMA Aire?

El Plan de Impulso al Medio Ambiente -PIMA Aire- forma parte de una estrategia diseñada y puesta en marcha por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con el objetivo de reducir de forma significativa las emisiones de contaminantes atmosféricos, principalmente partículas, así como las emisiones de CO2 mediante la renovación del parque actual de vehículos por modelos más eficientes y de menor impacto ambiental disponibles en el mercado español.

El nuevo Plan PIMA Aire, que entra en vigor este jueves, será extensible no solo a los vehículos nuevos, sino también a los que tengan hasta un año de antigüedad, al tiempo que también incluirá como novedad la posibilidad de que los particulares, sin necesidad de tratarse de autónomos, puedan beneficiarse del plan.

Estas novedades aparecen recogidas en el real decreto sobre la nueva edición del plan PIMA Aire, que ha sido publicado este miércoles en el BOE.

Otra de las novedades con respecto al plan anterior es que quedan fuera los vehículos de turismo categoría M1. En lo referido a las ayudas en caso de que se acompañe la compra del desguace de otro vehículo, el vehículo que se da de baja debe haberse matriculado antes del 1 de enero de 2007, si bien no se exige un plazo mínimo de titularidad en poder de quien se beneficia del plan.

El nuevo PIMA Aire no es aplicable a automatriculaciones por parte de los concesionarios y requiere que en la factura de venta los datos del solicitante sean distintos de los del vendedor.

Las ayudas estarán condicionadas a la aplicación en la factura de un descuento equivalente a cargo del fabricante, importador o punto de venta. Además,los vehículos han de estar clasificados como A, B, C o D en la base de datos de 'consumo de carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos', elaborada por el IDAE.

Se podrá adquirir más de un vehículo con el límite de 200.000 euros

Por otro lado, cada beneficiario podrá adquirir más de un vehículo con el límite máximo de 200.000 euros de cuantía total de las ayudas a cargo del plan. En todo caso, las ayudas no son compatibles para un mismo vehículo con las del Plan PIVE.

Los beneficiarios obtendrán ayudas cuya cuantía, en el caso de los vehículos comerciales, ascenderá a 1.000 euros por vehículo en la categoría M1 o N1 menor de 2.500 kilogramos.

En el caso de los de categoría N1 igual o mayor de 2.500 kilogramos, el importe asciende a 2.000 euros por vehículo. En ambos casos, la ayuda estará condicionada a la aplicación en factura, por parte del punto de venta, de un descuento equivalente al importe de la ayuda.

Para estos dos grupos, si se acredita el achatarramiento de otro vehículo matriculado antes del 1 de enero de 2009, se concederá una ayuda de 400 euros más 200 euros que aportará el punto de venta.

Para la compra de motocicletas eléctricas e híbridas, la ayuda será de 400 euros más 200 euros que deberá aportar el punto de venta, si se acredita achatarramiento de otro vehículo. Cuando no se dé de baja otro vehículo, la ayuda ascenderá a 350 euros más 150 euros que aportará el punto de venta.

Respecto a los ciclomotores eléctricos, la ayuda ascenderá a 250 euros, más 100 euros del punto de venta, y el comprador deberá dar de baja definitiva un vehículo. Cuando no se acredite la baja de otro vehículo, la ayuda sumará 230 euros más 70 euros que aportará el punto de venta. En cuanto a las bicicletas por pedaleo asistido por motor eléctrico, la ayuda será de 200 euros.