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La Fiscalía de la Audiencia acusa a Pedraz de extralimitarse al negarse a archivar el caso Couso

  • Creen que imposibilita plantear una cuestión de incostitucionalidad
  • Un juez pregunta si plantear la cuestión por el cambio de la justicia universal
  • Otros jueces han preguntado sobre si han de archivar sus causas

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La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha asegurado que el juez  Santiago Pedraz se ha extralimitado y ha vulnerado "palmariamente"  las normas de competencia funcional al negarse a archivar el 'caso  Couso' y cerrar la posibilidad de que las partes planteen una  cuestión de inconstitucionalidad contra la reforma de la ley que  limita la aplicación de la justicia universal.

En un escrito remitido este miércoles al titular del Juzgado  Central de Instrucción número 1, el teniente fiscal, Jesús Alonso,  asegura que la decisión de Pedraz de no archivar la causa en la que  investiga la muerte del cámara José Couso durante la guerra de Irak  constituye "una extralimitación" porque, al tratarse de un sumario,   la competencia para decidir sobre su archivo corresponde a la Sala de  lo Penal.

Pedraz se negó el pasado lunes a archivar este procedimiento al  considerar que la limitación de la Justicia universal contravendría  la cuarta Convención de Ginebra, que obliga a "perseguir los delitos  contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto  armado".

La Fiscalía plantea además en su escrito que la reforma legal de la justicia universal,  al limitar su aplicación, podría "suponer una  vulneración de derechos", por lo que cabe la posibilidad de que las partes planteen un recurso de inconstitucionalidad.

La Fiscalía pide a Pedraz que concluya el procedimiento

En este sentido, el representante del Ministerio Público apunta  que la  modificación del artículo 23 de la LOPJ, aprobada por Congreso  y Senado  a partir de una proposición de ley del Grupo Popular  tramitada con  carácter de urgencia, "puede suponer una vulneración"  de los derechos a  la tutela judicial efectiva y acceso a la  jurisdicción y del principio  de la independencia judicial.

Argumenta además que la decisión de Pedraz constituye "una  extralimitación" porque, al tratarse de un sumario, la competencia  para decidir sobre el archivo o la continuación de las actuaciones  corresponde a la Sala de lo Penal, órgano superior jerárquicamente al  juez instructor.

Tras recordar que en el trámite del sumario, establecido para  investigaciones avanzadas por delitos con penas superiores a nueve  años de cárcel, el juez de instrucción no puede acordar el  "sobreseimiento o continuación" de las actuaciones, por lo que el fiscal pide al  juez Pedraz que concluya de forma "urgente" el procedimiento y lo  remita a la Sala de lo Penal para que decida sobre su archivo y  permita a las partes "acudir a la vía de la cuestión de  inconstitucionalidad". 

El primer juez que plantea una cuestión de inconstitucionalidad

Por otro lado, el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha preguntado este miércoles a la Fiscalía y a las partes personada sobre si cabe plantear una cuestión de inconstitucionalidad por la reforma de la justicia universal en los casos que tramita su juzgado, el genocidio en Ruanda y el ataque al campos de refugiados de Ashraf.

Andreu ha planteado esta cuestión a las partes a través de una providencia y les ha dado un plazo de díez días para pronunciarse sobre si debe plantearse esa cuestión de inconstitucionalidad y la forma en la que debería hacerse.

Además les ha preguntado si debe aplicarse la disposición transitoria única de la reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la que se decreta el sobreseimiento de las causas de justicia universal de forma retroactiva a partir de la entrada en vigor de esta modificación.

Se trata del primer juez de la Audiencia Nacional que plantea la  posibilidad de llevar al Tribunal Constitucional la limitación de la  justicia universal, aprobada por Congreso y Senado a partir de una  proposición de ley del Grupo Popular tramitada con carácter de  urgencia.

Esta reforma obliga a que los procedimientos por genocidio o lesa  humanidad tengan que dirigirse contra un ciudadano de nacionalidad  española o extranjero que resida en España y cuya extradición hubiera  sido denegada por las autoridades españolas. También será requisito  imprescindible que exista una querella del agraviado o del Ministerio  Fiscal.

En la primera causa el titular del Juzgado Central de Instrucción  número 4 investiga a una cuarentena de altos mandos de Ruanda a los  que acusa de la muerte de cuatro millones de personas en los años  noventa y del asesinato de nueve españoles.

También abrió una investigación sobre la intervención de altos  mandos del Ejército de Irak por un ataque que las fuerzas especiales  de este país llevaron a cabo el 8 de abril de 2011 contra el campo de  refugiados de Ashraf y en el que murieron 35 personas y otras 337  resultaron heridas.

Otros jueces han preguntado si han de archivar sus causas

El juez Ismael Moreno preguntó el martes a la Fiscalía si debía  archivar las cinco causas que instruye en virtud del principio de  justicia universal, entre las que se encuentran dos que se siguen  contra China por las torturas en el Tíbet y la persecución de los  miembros del movimiento Falun Gong. En el marco de la primera se  solicitó la busca y captura de los expresidentes chinos Jiang Zemin y  Hu Jintao.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 también  preguntó si debe archivar las investigaciones que sigue sobre el  Holocausto nazi, en la que imputó a cuatro antiguos miembros del  denominado Batallón de la Calavera de las SS; los vuelos de la CIA  con parada en el aeropuerto de Palma; y la muerte en 2010 del  ciudadano español Babi Hamdai Buyema en el campamento saharaui de El  Aaiún.

El juez Pablo Ruz, además, preguntó este lunes si debe archivar  las causas que instruye para investigar la creación de la prisión  estadounidense de Guantánamo, la muerte del diplomático Carmelo Soria  durante la dictadura chilena, el asalto a la Flotilla de la Libertad  por parte de Israel y los genocidios en el Sáhara que se atribuyen  Marruecos y el Frente Polisario.

Al igual que Ruz, el titular del Juzgado Central de Instrucción  número 1, Santiago Pedraz, preguntó a las partes si debe dictar el  archivo de la causa en la que investiga el genocidio contra el pueblo  maya en Guatemala y el asalto de la Embajada de España en este país  que se produjo en el año 1980, aunque se negó a archivar la causa por la muerte de José Couso

Por su parte, el magistrado Eloy Velasco planteó el pasado viernes  la posibilidad de seguir investigando la muerte del jesuita Ignacio  Ellacuría y otras siete personas, que se produjo el 16 de noviembre  de 1989 en El Salvador. Argumenta que están procesados 13 militares  salvadoreños por un delito de lesa humanidad, que quedaría afectado  por la modificación de la norma, y por los de asesinato terrorista,  que permitiría mantener la investigación.