La Fiscalía de la Audiencia acusa a Pedraz de extralimitarse al negarse a archivar el caso Couso
- Creen que imposibilita plantear una cuestión de incostitucionalidad
- Un juez pregunta si plantear la cuestión por el cambio de la justicia universal
- Otros jueces han preguntado sobre si han de archivar sus causas
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha asegurado que el juez Santiago Pedraz se ha extralimitado y ha vulnerado "palmariamente" las normas de competencia funcional al negarse a archivar el 'caso Couso' y cerrar la posibilidad de que las partes planteen una cuestión de inconstitucionalidad contra la reforma de la ley que limita la aplicación de la justicia universal.
En un escrito remitido este miércoles al titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, el teniente fiscal, Jesús Alonso, asegura que la decisión de Pedraz de no archivar la causa en la que investiga la muerte del cámara José Couso durante la guerra de Irak constituye "una extralimitación" porque, al tratarse de un sumario, la competencia para decidir sobre su archivo corresponde a la Sala de lo Penal.
Pedraz se negó el pasado lunes a archivar este procedimiento al considerar que la limitación de la Justicia universal contravendría la cuarta Convención de Ginebra, que obliga a "perseguir los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado".
La Fiscalía plantea además en su escrito que la reforma legal de la justicia universal, al limitar su aplicación, podría "suponer una vulneración de derechos", por lo que cabe la posibilidad de que las partes planteen un recurso de inconstitucionalidad.
La Fiscalía pide a Pedraz que concluya el procedimiento
En este sentido, el representante del Ministerio Público apunta que la modificación del artículo 23 de la LOPJ, aprobada por Congreso y Senado a partir de una proposición de ley del Grupo Popular tramitada con carácter de urgencia, "puede suponer una vulneración" de los derechos a la tutela judicial efectiva y acceso a la jurisdicción y del principio de la independencia judicial.
Argumenta además que la decisión de Pedraz constituye "una extralimitación" porque, al tratarse de un sumario, la competencia para decidir sobre el archivo o la continuación de las actuaciones corresponde a la Sala de lo Penal, órgano superior jerárquicamente al juez instructor.
Tras recordar que en el trámite del sumario, establecido para investigaciones avanzadas por delitos con penas superiores a nueve años de cárcel, el juez de instrucción no puede acordar el "sobreseimiento o continuación" de las actuaciones, por lo que el fiscal pide al juez Pedraz que concluya de forma "urgente" el procedimiento y lo remita a la Sala de lo Penal para que decida sobre su archivo y permita a las partes "acudir a la vía de la cuestión de inconstitucionalidad".
El primer juez que plantea una cuestión de inconstitucionalidad
Por otro lado, el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha preguntado este miércoles a la Fiscalía y a las partes personada sobre si cabe plantear una cuestión de inconstitucionalidad por la reforma de la justicia universal en los casos que tramita su juzgado, el genocidio en Ruanda y el ataque al campos de refugiados de Ashraf.
Andreu ha planteado esta cuestión a las partes a través de una providencia y les ha dado un plazo de díez días para pronunciarse sobre si debe plantearse esa cuestión de inconstitucionalidad y la forma en la que debería hacerse.
Además les ha preguntado si debe aplicarse la disposición transitoria única de la reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la que se decreta el sobreseimiento de las causas de justicia universal de forma retroactiva a partir de la entrada en vigor de esta modificación.
Se trata del primer juez de la Audiencia Nacional que plantea la posibilidad de llevar al Tribunal Constitucional la limitación de la justicia universal, aprobada por Congreso y Senado a partir de una proposición de ley del Grupo Popular tramitada con carácter de urgencia.
Esta reforma obliga a que los procedimientos por genocidio o lesa humanidad tengan que dirigirse contra un ciudadano de nacionalidad española o extranjero que resida en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas. También será requisito imprescindible que exista una querella del agraviado o del Ministerio Fiscal.
En la primera causa el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 investiga a una cuarentena de altos mandos de Ruanda a los que acusa de la muerte de cuatro millones de personas en los años noventa y del asesinato de nueve españoles.
También abrió una investigación sobre la intervención de altos mandos del Ejército de Irak por un ataque que las fuerzas especiales de este país llevaron a cabo el 8 de abril de 2011 contra el campo de refugiados de Ashraf y en el que murieron 35 personas y otras 337 resultaron heridas.
Otros jueces han preguntado si han de archivar sus causas
El juez Ismael Moreno preguntó el martes a la Fiscalía si debía archivar las cinco causas que instruye en virtud del principio de justicia universal, entre las que se encuentran dos que se siguen contra China por las torturas en el Tíbet y la persecución de los miembros del movimiento Falun Gong. En el marco de la primera se solicitó la busca y captura de los expresidentes chinos Jiang Zemin y Hu Jintao.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 también preguntó si debe archivar las investigaciones que sigue sobre el Holocausto nazi, en la que imputó a cuatro antiguos miembros del denominado Batallón de la Calavera de las SS; los vuelos de la CIA con parada en el aeropuerto de Palma; y la muerte en 2010 del ciudadano español Babi Hamdai Buyema en el campamento saharaui de El Aaiún.
El juez Pablo Ruz, además, preguntó este lunes si debe archivar las causas que instruye para investigar la creación de la prisión estadounidense de Guantánamo, la muerte del diplomático Carmelo Soria durante la dictadura chilena, el asalto a la Flotilla de la Libertad por parte de Israel y los genocidios en el Sáhara que se atribuyen Marruecos y el Frente Polisario.
Al igual que Ruz, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, Santiago Pedraz, preguntó a las partes si debe dictar el archivo de la causa en la que investiga el genocidio contra el pueblo maya en Guatemala y el asalto de la Embajada de España en este país que se produjo en el año 1980, aunque se negó a archivar la causa por la muerte de José Couso
Por su parte, el magistrado Eloy Velasco planteó el pasado viernes la posibilidad de seguir investigando la muerte del jesuita Ignacio Ellacuría y otras siete personas, que se produjo el 16 de noviembre de 1989 en El Salvador. Argumenta que están procesados 13 militares salvadoreños por un delito de lesa humanidad, que quedaría afectado por la modificación de la norma, y por los de asesinato terrorista, que permitiría mantener la investigación.