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La Audiencia Nacional pleno resolverá en pleno sobre la reforma de justicia universal

  • Lo han asegurado por unanimidad los 18 magistrados que integran el pleno
  • Hay abiertas 12 causas en las que investiga delitos cometidos fuera de España
  • La Fiscalía ha emitido dos informes: el caso Couso y el genocidio del Tíbet

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido resolver en pleno, y no cada sección de forma individual, los recursos que se planteen contra el archivo de la docena de causas que aún permanecen abiertas en virtud de la justicia universal y que tendrían que ser archivadas tras la reforma legal impulsada por el PP.

Así lo han asegurado los 18 magistrados que integran el pleno y lo han adoptado por unanimidad en la reunión ordinaria que han celebrado este viernes, según han informado fuentes jurídicas.

La iniciativa de estudiar este asunto surgió el pasado jueves a iniciativa del presidente de la Sala de lo Penal, Fernando Grande-Marlaska, dado que se trata de una cuestión en la que cabe la unificación de doctrina.

En esta reunión, y al no haber llegado aún ningún recurso, los magistrados se han limitado a decidir si correspondía a las secciones o al pleno decidir sobre este asunto sin entrar en el fondo de lo que supone la reforma, que entró en vigor el pasado sábado.

Los seis jueces de instrucción de la Audiencia Nacional se han rebelado contra lo dispuesto en esta norma, y que establece el archivo retroactivo de las causas de justicia universal. Asimismo, han dado traslado a las partes para que informen sobre su aplicación en las causas que tramitan.

Caso Couso y genocidio del Tíbet

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ya ha emitido dos informes, en el caso Couso, refiriéndose a la muerte del cámara José Couso en Iraq en 2003, y en el del genocidio del Tíbet, en el que hay imputados cinco exlíderes comunistas como Jiang Zemin y Hu JinTao.

En ambos escritos se abre la posibilidad de que los jueces eleven esos sumarios a la Sala de lo Penal por si alguna parte estimase oportuno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que regula la justicia universal.

El juez Santiago Pedraz se manifestó en contra de archivar el caso Couso invocando la Convención de Ginebra, mientras que su compañero Fernando Andreu ha mostrado claramente sus dudas sobre la constitucionalidad de la reforma de la justicia universal.

Los otros jueces centrales de instrucción, antes de archivar, han optado por dirigirse a las partes para que ellas se posicionen sobre los efectos de la reforma.

Los jueces de la Audiencia Nacional se han rebelado así en contra del archivo automático de las causas a las que afecta la entrada en vigor de la reforma, sobre la que la Fiscalía ya manifestó su discrepancia en una queja que remitió al fiscal general del Estado, al entender que esa reforma limita la investigación de delitos, lo que a su entender podía ser "en cierta medida" inconstitucional.

La limitación de la justicia universal, aprobada por Congreso y Senado a partir de una proposición de ley del Grupo Popular tramitada con carácter de urgencia, obliga a que los procedimientos por genocidio o lesa humanidad tengan que dirigirse contra un ciudadano de nacionalidad española o extranjero que resida en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas. También será requisito imprescindible que exista una querella del agraviado o del Ministerio Fiscal.