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El FROB adquirirá las acciones de CEISS a los que hayan obtenido un laudo positivo en el arbitraje

  • A los inversores con un laudo positivo en arbitraje por instrumentos híbridos
  • O con una sentencia favorable firme que contenga una obligación de pago

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El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) adquirirá  las acciones o bonos de CEISS de aquellos inversores que hayan  obtenido un laudo positivo en arbitraje por instrumentos híbridos o  una sentencia favorable firme que contenga una obligación de pago por  parte del banco.

Según ha comunicado la entidad a la Comisión Nacional del Mercado  de Valores (CNMV), el consejo de administración de Banco CEISS ha aprobado  suscribir el texto definitivo del acuerdo a formalizar con el FROB  por el que se regulan aspectos básicos relativos a las garantías  otorgadas en el marco del plan de resolución.

En este acuerdo "se desarrolla el procedimiento para la  adquisición por el FROB de las acciones o los Bonos CEISS propiedad  de inversores que hayan obtenido un laudo que contenga una obligación  de pago por parte de Banco CEISS o una sentencia favorable firme o  respecto de la cual se haya instado y acordado su ejecución frente al  banco, todo ello en demandas relacionadas con instrumentos  híbridos".

En este acuerdo también se regulan los términos y condiciones del mecanismo de compensación, diseñado para asegurar que el FROB reciba  el valor económico de los valores CEISS que pueda adquirir.