La Fiscalía Superior de Cataluña aclara que la consulta soberanista carece de encaje legal
- "No encuentra ningún respaldo legal para su celebración", dice en una nota
- La Fiscalía pide el archivo de la querella por sedición contra Artur Mas
La Fiscalía Superior de Cataluña ha sostenido este lunes que la consulta sobre la independencia "carece de encaje en la Constitución", en una nota de prensa para aclarar su postura ante las "interpretaciones erróneas" del escrito en el que pidió el archivo de la querella por sedición contra Artur Mas.
En un comunicado remitido a la prensa, el Ministerio Público insiste en que el eventual referéndum soberanista fijado para el próximo mes de noviembre "carece de encaje en la Constitución", por lo que la Fiscalía "no encuentra ningún respaldo legal para su celebración".
La Fiscalía ha reaccionado así a la publicación en varios medios de comunicación del escrito que ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para pedir que se archive la querella por sedición interpuesta por Manos Limpias contra Artur Mas por convocar la consulta sobre la independencia.
En ese escrito, el Ministerio Público argumenta que la "discusión jurídica" sobre ese asunto compete al Tribunal Constitucional y añade que "se puede discutir razonadamente el encaje constitucional de la consulta-referendo prevista para el 9 de noviembre" próximo.
No admitir a trámite la querella
En su nota de prensa emitida este lunes, de solo dos párrafos, clarifica que su postura en relación con la consulta es que no existe "encaje legal" que la ampare e insiste que ello se desprende del informe presentado ante el TSJC, "al margen de las interpretaciones erróneas que se hayan podido realizar al descontextualizar algunas expresiones contenidas" en el mismo.
En su informe, el fiscal pide a la magistrada del TSJC Maria Eugenia Alegret, que ha asumido la querella de Manos Limpias, que no la admita a trámite, alegando que "la discusión jurídica ha de situarse en sede constitucional, sin que pueda convertirse una decisión política en una resolución administrativa prevaricadora".
“La Generalitat puede convocar una consulta para preguntar sobre materias propias de su competencia“
Para el Ministerio Público, "la distinción entre referéndum y consulta no es clara", pero apunta que el primero es competencia del Gobierno, mientras que las consultas las puede convocar la Generalitat, pero para preguntar sobre "materias propias de su competencia".
Así, en su escrito la Fiscalía entiende que sería "perfectamente acorde con la Constitución" la convocatoria por parte de la Generalitat o entes locales y "el ámbito de sus competencias" de foros de participación, audiencias públicas, encuestas y cualquier otro instrumento de consulta popular salvo el referendo, que está en manos del Estado.
Pese a que acepta "a efectos dialécticos" la tesis de Manos Limpias sobre la conducta de Artur Mas, el fiscal concluye que "no existe la orden o la resolución firme y de fondo de desobediencia", por lo que tampoco ve base legal para encausarlo por este delito.