El juez Castro eleva a la Audiencia de Palma la solicitud de imputar a Urdangarin por blanqueo
- Eleva el recurso de Manos Limpias que insiste en pedir la imputación
- Castro rechazó imputar por blanqueo a los máximos responsables de Nóos
El juez del caso Nóos, José Castro, ha elevado este martes a la Audiencia de Palma el recurso en el que Manos Limpias insiste en solicitar la imputación por blanqueo de capitales de Iñaki Urdangarin, su exsocio Diego Torres y la esposa de este, Ana María Tejeiro.
En un auto dictado esta mañana, Castro traslada al tribunal provincial el recurso de apelación interpuesto por el sindicato Manos Limpias, una de las acusaciones populares personadas en el caso, así como los pronunciamientos de las partes respecto a esa petición.
El titular del juzgado de instrucción 3 de Palma rechazó imputar por blanqueo a los dos máximos responsables de Nóos y a Ana María Tejeiro, y denegó asimismo la pretensión de Manos Limpias de que ordenara la práctica de nuevas diligencias.
Tanto Urdangarin como Torres, en su nombre y en el de su esposa, han planteado reiteradamente impugnaciones contra la nueva imputación en su contra que plantea Manos Limpias, sobre la que tendrá que pronunciarse finalmente la Audiencia de Palma.
Según Manos Limpias, los tres imputados se lucraron "en su propio beneficio" del dinero que de forma ilícita obtuvieron de las Administraciones públicas a través del Instituto Nóos y que posteriormente desviaron a sociedades de su entramado empresarial.
Presuntos delitos de prevaricación y fraude fiscal
Según la letrada que representa al sindicato, "este dinero es fruto de presuntos delitos de prevaricación, malversación, fraude fiscal y falsificación documental, entre otros". Manos Limpias sostiene asimismo que habrían lavado los fondos que supuestamente habían defraudado antes a la Agencia Tributaria.
Sin embargo, Urdangarin presentó recientemente un escrito ante el Juzgado en el que recrimina que el Manos Limpias no haya aportado "ningún elemento fáctico ni argumento jurídico nuevo" para pedir su imputación, y recrimina que el recurso "está lleno de expresas invocaciones a la incorrecta, errónea, olvidadiza o desvinculada interpretación" por parte de Castro de la jurisprudencia sobre el blanqueo de capitales en sus distintas modificaciones.
En concreto, Castro ha desestimado imputar a todos ellos por blanqueo al alegar que no se puede aplicar a este caso la reforma del Código Penal de 2010, en contra de lo que sostiene Manos Limpias.
La entidad apunta, en el caso de Urdangarin, que a partir de este año el Duque siguió disponiendo del dinero de la sociedad de la que es copropietario junto a la Infanta Cristina, Aizoon, y que de forma presuntamente irregular provino del Instituto Nóos, lo que podría constituir un delito de blanqueo.
En un escrito anterior, Urdangarin, frente a los argumentos utilizados por Manos Limpias, negaba haber hecho frente a las cuotas hipotecarias de tres propiedades inmobiliarias con fondos de procedencia ilícita, y aseguraba que "la realidad de lo sucedido no puede ser más distinta": según alegaba, las fincas fueron financiadas entre 2011 y 2012 con los ingresos que durante esos años obtuvo de la compañía Telefónica.
Y es que, según el sindicato, las hipotecas de un piso de Terrasa y dos de Palma, propiedad de Aizoon, han sido sufragadas con el dinero presuntamente ilegal obtenido desde 2004 por la empresa titularidad de Urdangarin y la Infanta.
Por su parte, la defensa de Torres y Tejeiro, ejercida por el abogado Manuel González Peeters, también ha impugnado ante la Audiencia el recurso de la acusación popular, aseverando en su escrito que no consta "ningún elemento que permita soportar la tesis" de que sus patrocinados incurrieron en el anterior delito.
Tal y como subraya, para incurrir en un delito de blanqueo "resulta necesario que quien adquiera, convierta o transmita bienes, debe saber que éstos tienen su origen en un delito". Así, en el caso concreto de Tejeiro, subraya que ésta "no tenía ni podía tener siquiera noticia de que algo tuviera como origen una procedencia ilícita, entre otras fundadas razones, porque no existe ilicitud alguna".
El letrado reproduce de nuevo hasta un total de 71 argumentos con los que se opuso en su día a que sus patrocinados fuesen encausados por este motivo, contraponiendo la actuación de Tejeiro al papel ejercido por la Infanta Cristina al frente de Nóos y de Aizoon.
Entre otros alegatos, el abogado hacía referencia a los gastos personales en que incurrieron los Duques a través de Aizoon o la presunta mediación del Rey don Juan Carlos en favor de iniciativas promovidas por Urdangarin. Así, haciendo alusión velada en más de quince ocasiones al Monarca o a la Casa Real, el letrado subraya cómo en ningún documento de Hacienda figura una donación por parte de su padre de 1,2 millones de euros "sin ninguna previsión para pagar impuesto de sociedades".