El TSJ andaluz admite los recursos contra la sentencia que declaró urbanizable El Algarrobico
- Greenpeace y la Junta de Andalucía decidieron presentar sendos recursos
- La sentencia del TSJA que declaró en 2012 el suelo no urbanizable es firme
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ha admitido a trámite los recursos presentados contra la sentencia del pasado mes de marzo que declaró como urbanizable el terreno donde se ubica el hotel El Algarrobico, en Carboneras (Almería).
Fuentes del alto tribunal andaluz han informado a Efe de que, a través de una resolución fechada el pasado día 13 de mayo, se da así traslado a las partes de los recursos presentados contra el referido fallo de la Sección Tercera del TSJA. Una vez completado este trámite, los recursos se elevarán al Tribunal Supremo, órgano que deberá decidir finalmente si los estima o desestima parcial o totalmente.
Greenpeace decidió recurrir la sentencia que consideró que "El Algarrobico" está en suelo urbanizable, al entender que la resolución infringe la Ley del Suelo o de Patrimonio Natural, el derecho internacional y contradice una veintena de pronunciamientos de los tribunales.
Por su parte, la consejera andaluza de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, María Jesús Serrano, anunció a principios del mes pasado que la Junta también interpondría recurso.
Además, la Fiscalía Superior de Andalucía ya abrió diligencias de investigación penal después de que Greenpeace presentara un escrito en el que pedía aclaraciones sobre la controvertida sentencia.
La sentencia que consideró el suelo no urbanizable es firme
Fuentes jurídicas han explicado a Efe que la sentencia, también del TSJA, que en 2012 consideró no urbanizable el suelo donde se construyó el hotel es firme y, por tanto, el fallo más reciente del mismo tribunal que la ha contradicho -ahora recurrido- podría ser anulado por el Supremo.
Según estas fuentes, el primero de los dos fallos del TSJA sobre el Algarrobico, el que dictó la Sección Primera de la Sala de Granada en junio de 2012, no fue recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, donde no hay en tramitación ningún procedimiento en relación con aquel fallo.
El hecho de que aquella sentencia no haya sido recurrida en el Supremo supone, según las fuentes jurídicas, que la sentencia de 2012 es firme.