El TSJA obliga a la Junta a subvencionar un centro de educación diferenciada por sexos
- Este centro y otros cuatro recurrieron la negativa de la Junta al concierto
- La Junta lo hizo en base a jurisprudencia del Tribunal Supremo y recurrirá
- El Alto Tribunal rechaza subvencionar este tipo de colegios con fondos públicos
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón al centro de educación diferenciada por sexos 'Albaydar' de Sevilla que, junto a otros cuatro colegios -Ribamar, Altair, Angela Guerrero y Nuestra Señora de Lourdes de Carmona-, recurrió simultáneamente la negativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta a concederles el concierto.
La Junta lo hizo en una decisión idéntica a la del pasado ejercicio, en base a jurisprudencia del Tribunal Supremo que rechaza subvencionar este patrón pedagógico con fondos públicos.
De esta manera, el TSJA concede las medidas cautelares solicitadas por el colegio, que pasaban por la suspensión de la decisión de Educación en tanto se resuelve la cuestión y se sustancia el recurso principal. Así, la sala obliga a la Junta a otorgar a 'Albaydar' el concierto educativo solicitado.
En total son 12 los colegios que segregan alumnos por sexo en esta comunidad.
El colegio alegó que la supresión del concierto supone desde marzo pasado no poder atender la demanda de escolarización, el "despido inminente" de los profesores y la imposibilidad para las familias de escolarizar a sus hijas.
Los jueces creen que, de no suspender cautelarmente la imposibilidad de tener concierto, se producirían "daños y perjuicios irreparables", pues el centro "se vería abocado al cierre, al no poder continuar prestando el servicio público de forma concertada" y, por lo que respecta a los padres y alumnas, "se frustran sus expectativas y derechos de elegir y recibir una educación concertada".
La Junta de Andalucía recurrirá esta decisión
La Junta de Andalucía pidió dejar en suspenso la resolución hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Junta de Andalucía respecto a la modificación de ciertos preceptos de la Ley de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce).
Aunque la Consejería de Educación no ha recibido formalmente el auto, la secretaria general de Educación, Elia Maldonado, ha dicho que lo recurrirán, al entender que la decisión de la Junta de excluir a dicho colegio de la posibilidad de acogerse al régimen de conciertos educativos está "avalada" por el Estatuto de Autonomía, la Ley Andaluza de Educación "e incluso una sentencia del Tribunal Supremo".
"La Junta ha apostado siempre por una educación inclusiva, en la que la escuela sea un proceso de socialización lo más parecido a la sociedad", ha recalcado Maldonado, quien ha agregado que "esas razones siguen vigentes" y con esos "criterios" se concedieron en su día los conciertos.
"Es una postura conocida, argumentada y avalada por el Tribunal Supremo", ha explicado Maldonado, que recuerda que la disposición transitoria que permite el concierto con estos centros queda establecida por la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), una normativa "recurrida ante el Tribunal Constitucional y ante el Supremo, con petición de medidas cautelares".