La Audiencia de Madrid rechaza la demanda de la agencia de detectives Almirante contra Cospedal
- Por unas declaraciones en las que les acusaba de espiar a miembros del PP
- Los jueces consideran que "se enmarca dentro de la libertad de expresión"
La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado la demanda presentada por la agencia de detectives Almirante contra la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, por unas declaraciones en las que les acusaba de espiar a miembros de su partido. Los jueces de la Sección Octava entienden que sus palabras "se enmarcan dentro de la libertad de expresión" y rechazan así la demanda por vulneración del derecho al honor.
Juan José García, Milagros Aparicio y Cristina Doménech establecen en su resolución que las manifestaciones realizadas por Cospedal y los otros dos demandados en diversos medios de comunicación se enmarcan "sin duda en el espacio de la libertad de expresión en tanto constituyen emisión de juicios y opiniones de carácter personal".
La resolución de la Audiencia Provincial, contra la que no cabe recurso, cita la jurisprudencia del Tribunal Supremo y asegura que el derecho al honor "se encuentra limitado por las libertades de expresión e información".
La secretaria general del PP, la alcaldesa de Ciudad Real, Rosa Romero, y el portavoz del PP en Castilla La Mancha, Francisco Cañizares, realizaron las declaraciones sobre el presunto espionaje en enero y febrero de 2011.
Declaraciones "en el marco de una contienda política"
Detectives Almirante demandó a Cospedal por las afirmaciones respecto a la implicación de la agencia en la "persecución política" contra el PP orquestada por el PSOE. La dirigente popular comparó la actuación de la agencia con "un tebeo de Mortadelo y Filemón" y la calificó como "muy chusca".
La agencia explicaba que, tras haber sido contratada por un funcionario del Ayuntamiento de Ciudad Real para investigar un supuesto caso de acoso laboral, los populares vincularon este trabajo de la empresa con un supuesto espionaje al PP encargado por los socialistas.
Los magistrados de la Sección Octava recuerdan también que las declaraciones de la secretaria general 'popular' se realizaron cuando se hallaban próximas las elecciones locales y autonómicas. "Aunque no había comenzado la campaña electoral, puede afirmarse que se realizaron en el marco de una contienda política", agregan los jueces madrileños.
La sentencia pone también de manifiesto que en las declaraciones efectuadas no se realizaban "alusiones personales" y "carecían de toda condición insultante o descalificadora". La Sección Octava condena a Detectives Almirante y a Isidro García al abono de las costas.