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El Tribunal de Justicia de la UE mantiene la multa de 151,8 millones de euros a Telefónica

  • La CE multó a Telefónica en 2007 por abuso de posición dominante
  • El Tribunal de Justicia ha desestimado el recurso de anulación
  • El recurso ya fue desestimado en 2012 por el Tribunal General

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha mantenido este jueves la multa de 151,8 millones de euros impuesta a Telefónica por la Comisión Europea (CE) en 2007 por abuso de posición dominante en el mercado español de acceso a Internet de banda ancha.

La máxima instancia judicial comunitaria ha desestimado el recurso de anulación que presentó España contra la decisión del Ejecutivo comunitario, que ya fue rechazado por el Tribunal General.

La decisión de la Corte con sede en Luxemburgo contradice la recomendación de uno de sus ocho abogados generales, que había aconsejado que se revisase el caso al considerar que el Tribunal General no había examinado con suficiente profundidad el cálculo de la multa impuesta.

Los jueces del Tribunal de Justicia entienden que el Tribunal General llevó a cabo un control en profundidad de la decisión de la Comisión, que además estaba suficientemente motivada puesto que Bruselas demostró la existencia de efectos contrarios a la competencia y no se violó el principio de igualdad de trato, como alega la compañía.

Posición virtualmente monopolística

Tras recibir una denuncia de Wanadoo, la CE concluyó en 2007 que Telefónica había abusado de su posición dominante entre septiembre de 2001 y diciembre de 2006 al imponer precios no equitativos a sus competidores.

En concreto, señaló que la compañía había estrechado los márgenes entre los precios minoristas de acceso a la banda ancha en el mercado español de los consumidores en general y los precios mayoristas de acceso a la banda ancha a escala regional y nacional.

La CE confirmó que se trataba de un abuso de una posición virtualmente monopolística que debía ser calificado de "muy grave". En consecuencia, reclamó a Telefónica una multa de 151,8 millones de euros, cuyo importe de base para el cálculo se fijó en 90 millones de euros.

La compañía, en desacuerdo con la medida, decidió recurrir la decisión, primero ante el Tribunal General de la UE, que también dio la razón a la Comisión, y después ante el Tribunal de Justicia de la UE, contra cuyas decisiones no cabe recurso.

Telefónica defendió su actuación y la del organismo regulador español, la antigua Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), al afirmar que mantuvo "su total y escrupuloso respeto" a la regulación de telecomunicaciones impuesta en el momento de los hechos por el supervisor.

Rechazadas las alegaciones y la rebaja de la multa

Sin embargo, el Tribunal ha recordado que "el Derecho de la Unión prohíbe a las empresas explotar abusivamente una posición dominante en el mercado interior o en una parte sustancial del mismo, en la medida en que pueda afectar al comercio entre los Estados miembros".

En cuanto a la alegación de la compañía española de que el Tribunal General pudo incurrir en error de derecho al aceptar que la CE declarase que la infracción era "muy grave" pese a limitarse al mercado español, la corte recuerda que el grado de gravedad no depende solo de la dimensión geográfica.

Sobre la rebaja de la cuantía de la multa solicitada por Telefónica en caso de que no se aceptase la anulación de la decisión de la CE, el Tribunal de Justicia considera que la compañía no ha demostrado en qué medida el importe inicial de 90 millones de euros fijado por la Comisión era excesivo hasta el punto de resultar desproporcionado.

Mediante la sentencia de este jueves, el Tribunal de Justicia desestima en su totalidad el recurso de casación de Telefónica y mantiene inalterada la sanción financiera impuesta por la CE.