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El Gobierno rechaza el indulto a Jaume Matas, condenado a nueve meses de prisión

  • El expresidente balear lo pidió para eludir la condena por el 'caso Palma Arena'
  • También se lo deniega al juez Garzón, a Ángel Carromero y a Julián Muñoz

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El Gobierno deniega el indulto al expresidente balear Jaume Matas, que tendrá que ir a prisión

El Gobierno ha rechazado el indulto al expresidente de las Islas Baleares, que lo había solicitado para eludir la condena a nueve meses de prisión por tráfico de influencias por el caso Palma Arena, según han confirmado fuentes de Justicia.

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha confirmado que en los próximos días la sección primera de la Audiencia de Palma, que le condenó en primera instancia a seis años de prisión finalmente reducidos a nueve meses por el Tribunal Supremo, decidirá en qué términos se ejecuta la sentencia.

Será la sala que le condenó la que determine cuándo y dónde cumple la condena el exministro de Medio Ambiente, sobre quien pesa una segunda sentencia firme por cohecho, aunque en ese caso no conlleva la privación de libertad sino una multa de 9.000 euros.

El Tribunal Supremo se había pronunciado en contra del induto a Matas, con el mismo criterio de la Fiscalía, que en su informe contrario al indulto destacó el rechazo social que causan los delitos calificables como corrupción político, como el cometido por Matas.

El Consejo de Ministros también ha denegado el indulto al exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón; al dirigente de Nuevas Generaciones Ángel Carromero; el exalcalde de Marbella Julián Muñoz y el torero José María Ortega Cano, según han informado a Efe fuentes de Justicia.

También ha rechazado otorgar el indulto a Lluis Gavalda, el exdirector general de Empleo de la Generalitat de Cataluña condenado por el caso Pallerol, y a Antonio Alemany, el periodista que fue condenado junto a Jaume Matas en el primer caso de corrupción del caso Palma Arena.

En los siete casos los informes tanto del tribunal sentenciador como de la Fiscalía han sido contrarios a la concesión de la medida de gracia. Los indultos han sido denegados en bloque por el Consejo de Ministros a propuesta del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.

Condena de cárcel para Jaume Matas

Jaume Matas fue condenado por el Tribunal Supremo el 15 de julio de 2013 por un delito de tráfico de influencias a las penas de nueve meses y un día de prisión, multa de 6.000 euros e inhabilitación para cargo electivo por tiempo de cuatro años, seis meses y un día.

El tribunal declaró probado que en 2003, como presidente de Baleares, utilizó su autoridad jerárquica para presionar a un funcionario para la concesión de una subvención.

Además, Matas está imputado en numerosos procesos judiciales por presunta corrupción, entre ellos el caso Nóos, en el que el juez José Castro le imputa dos delitos de prevaricación administrativa, dos de malversación de caudales públicos, dos de fraude a la administración y dos de tráfico de influencias.

El periodista Antonio Alemany fue condenado en la misma sentencia que Matas a la pena de dos años, tres meses y un día de prisión y cuatro años y seis meses de inhabilitación absoluta por los delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad en documento mercantil.

La resolución declaró probado que Alemany fue beneficiario de las subvenciones irregularmente acordadas, que su objetivo era aumentar sus ingresos e incitar a actuar en la forma en que se hizo.

Denegado el indulto a Muñoz

Mientras, al exalcalde de Marbella Julián Muñoz se le ha denegado el indulto en el caso Minutas, en el que fue condenado a siete años de prisión y diez años de inhabilitación absoluta por malversación de caudales públicos y, por un delito continuado de prevaricación, a otros ocho años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

El Tribunal Supremo declaró probado que entre 1999 y 2003, como alcalde en funciones de Marbella, desvió fondos públicos a José María del Nido, expresidente del Sevilla (la petición de indulto de este último está aún a la espera de que el tribunal sentenciador emita el informe correspondiente).

Muñoz se encuentra interno en el Centro Penitenciario de Málaga, cuya Jefatura de Servicios ha dirigido a la Junta de Tratamiento un informe favorable a la gracia por buena adaptación, asunción del delito, su edad (66 años), sus enfermedades y por tener planificación de futuro. Todos los demás informes han sido desfavorables.

En cuanto al exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, fue condenado por el Tribunal Supremo a once años de inhabilitación especial para el cargo de juez o magistrado por delito de prevaricación.

El alto tribunal informó en contra de la medida de gracia por ausencia de arrepentimiento del penado y falta de utilidad pública del indulto.

Carromero cumple condena en tercer grado

En cuanto al secretario general de Nuevas Generaciones de Madrid, Ángel Carromero, fue condenado por el Tribunal Provincial Popular de Granma (Cuba) el 12 de octubre de 2012 a cuatro años de privación de libertad por delito de homicidio por el accidente de tráfico que sufrió el coche que conducía y en el que fallecieron los disidentes Oswaldo Paya y Harold Cepero.

El 28 de diciembre de 2012 fue trasladado a España en virtud del Convenio sobre ejecución de sentencias penales, suscrito en 1998 entre el Reino de España y la República de Cuba.

Carromero cumple condena en España en situación de tercer grado desde el 18 de febrero de 2013 con seguimiento por medios telemáticos. Ha cumplido una cuarta parte de su condena, que habrá cumplido totalmente el 21 de julio de 2016.

También por causa de un accidente de tráfico, el torero José María Ortega Cano fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla el 11 de diciembre de 2013 a dos años, seis meses y un día de prisión, y a tres años y seis meses de privación del derecho a conducir.

Se le atribuye un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, delito de conducción temeraria y delito de homicidio por imprudencia grave.

El tribunal declaró probado que en 2011, mientras conducía su vehículo a velocidad inapropiada y con alcohol en sangre, invadió el carril contrario y colisionó contra otro vehículo, cuyo ocupante murió.