El Gobierno regula la escolarización privada en castellano y retendrá su coste a las autonomías
- Afecta principalmente a Cataluña y el límite es de 6.057 euros al año por alumno
- Entre los gastos están la matriculación, la escolarización y el comedor
- Los gastos podrán ser "retenidos o deducidos" de la financiación autonómica
El Gobierno asumirá la escolarización privada de los alumnos que no tengan garantizada la enseñanza en castellano como lengua vehicular en centros públicos o concertados y repercutirá el coste a la autonomía correspondiente, según desarrolla un decreto aprobado este viernes por el Consejo de Ministros.
La norma regula los procedimientos para compensar a las familias por los gastos en esas circunstancias en la educación obligatoria desde el curso próximo, de acuerdo con la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce).
Los gastos que se compensan son la matriculación, la escolarización, los servicios complementarios de transporte, comedor e internado y aquellos otros imprescindibles para continuar las enseñanzas, con un límite de 6.057 euros al año, como coste medio de una plaza escolar pública no universitaria.
Afecta principalmente a Cataluña
Aunque esta disposición regula la obligación por parte de todas las administraciones educativas con lengua cooficial de garantizar el derecho del alumnado a recibir las enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios, se dirige principalmente a Cataluña. Allí, se han dado a conocer algunos casos que, queriendo estudiar en castellano en la red pública, se han encontrado con que no había oferta suficiente.
"El objetivo es garantizar el derecho del alumnado a recibir la enseñanza en castellano y en todas las lenguas cooficiales, y lo que se hace es simplemente un desarrollo reglamentario de una previsión legal para dar un mecanismo para garantizar el reembolso de esos costes".
Así lo ha explicado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la conferencia de prensa posterior al Consejo, al referirse a la disposición adicional trigésimo octava de la Lomce, que pretende garantizar la "efectividad" del derecho a recibir las enseñanzas también en castellano dentro del marco de la programación educativa.
El mecanismo "subsidiario" únicamente se activaría si la administración educativa autonómica "incumpliese el deber constitucional" de garantizar la presencia de ambas lenguas cooficiales como vehiculares, según el Gobierno.
Gastos de escolarización en centros privados
Si la comunidad no garantizase una oferta docente "razonable" sostenida con fondos públicos en la que el castellano sea lengua vehicular, el Ministerio de Educación asumirá íntegramente, "por cuenta de la administración educativa correspondiente", los gastos de escolarización en centros privados y se los repercutirá a la misma.
Corresponderá al Ministerio comprobar que esta situación existe a través de un procedimiento iniciado "a instancia del interesado", es decir de las familias de los alumnos.
El procedimiento será instruido por la Alta Inspección de Educación y en él deberá darse audiencia a la administración autonómica afectada. La obligación financiera del Ministerio de Educación tendrá carácter "excepcional" y se extinguirá con la adopción por la administración autonómica correspondientes de medidas adecuadas para garantizar "los derechos lingüísticos individuales del alumnado".
Los gastos que asuma el Ministerio de Educación serán comunicados al de Hacienda y podrán ser "retenidos o deducidos" de la financiación autonómica de la comunidad correspondiente. Es la forma en que el Gobierno repercutirá a la comunidad afectada ese coste, ha explicado el ministro de Educación, José Ignacio Wert.