La Audiencia de Palma rechaza una nueva petición de Matas de suspender su ingreso en prisión
- Desestima dos escritos de la defensa del expresidente balear
- Uno dice que está pendiente una segunda petición de indulto
- Y otro que el Constitucional debe pronunciarse sobre el recurso
La Audiencia de Palma ha rechazado este miércoles una nueva petición del expresidente del Govern balear Jaume Matas, condenado a 9 meses de prisión por tráfico de influencias en el caso Palma Arena, para que se suspendiera la orden de encarcelamiento dictada el pasado viernes.
El Tribunal provincial ha dictado una providencia en la que desestima dos escritos en el mismo sentido planteados por la defensa de Matas: uno en el que argumenta que está pendiente de resolverse una segunda petición de indulto y un segundo en el que alega que el Tribunal Constitucional debe pronunciarse sobre el recurso de amparo que planteó.
El expresidente, al que el Gobierno denegó el indulto total, también ha pedido el indulto parcial para que la pena de prisión se conmute por una multa o trabajos a la comunidad, por lo que solicitaba la suspensión de la entrada en prisión hasta que el ejecutivo se pronuncie.
Además, recurrió en amparo al Constitucional y reclamó que, de forma cautelar, se aplazara el ingreso en la cárcel hasta que hubiera una resolución, petición a la que no ha respondido aún el alto tribunal.
La Audiencia Provincial ya suspendió en 2013 el ingreso en prisión
La sección primera de Audiencia Provincial ya suspendió a finales de 2013 la orden de ingreso en prisión de Matas cuando solicitó el indulto total al Gobierno.
El pasado viernes, una semana después de la denegación de la medida de gracia, ordenó el encarcelamiento del exministro de Medio Ambiente en un plazo de cinco días que empezarán a contar cuando al condenado le sea comunicada la medida, algo que aún no se ha producido.
En su resolución, la Audiencia de Palma señala que en la petición de indulto que Matas presentó al Gobierno en noviembre del año pasado ya solicitaba el indulto total y, alternativamente, la conmutación de la pena de prisión "por otra de diferente naturaleza".
Por ello, el tribunal balear entiende que "no se trata de una nueva petición de indulto" y que la denegación afecta tanto a la modalidad total como a la parcial.
En relación a la suspensión mientras el Constitucional atiende el recurso de amparo, los magistrados de la sección primera de la Audiencia señalan que no les corresponde concederla porque en la legislación que regula el funcionamiento del alto tribunal no se prevé esa posibilidad.
El ingreso en prisión de Matas está pendiente de que la Audiencia Provincial de Madrid, donde reside el antiguo líder del PP balear, le comunique la orden dictada el pasado viernes por el tribunal de Palma, que remitió la solicitud el lunes de esta semana por correo.
Una vez le sea comunicado empezará a contar el plazo de cinco días concedido por los magistrados baleares y el condenado podrá ingresar en cualquier prisión, aunque previsiblemente lo hará en una de Madrid.