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Las víctimas podrán recurrir los beneficios penitenciarios de su agresor

  • Los ministros de Justicia e Interior presentan el Estatuto de la Víctima del Delito
  • Garantizará los derechos procesales y extraprocesales de todas las víctimas

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Las víctimas podrán recurrir los beneficios penitenciarios de su agresor

Las víctimas de delitos graves podrán recibir información del proceso penal que se sigue contra su agresor, podrán recurrir la libertad condicional y los beneficios penitenciarios que les puedan conceder, así como el sobreseimiento o archivo de la causa aunque no estén personadas en la misma. Así lo recoge el Estatuto de la Víctima del Delito, presentado este martes por los ministros de Justicia, Interior y Asuntos Sociales y que previsiblemente aprobará el Consejo de Ministros el próximo viernes.

En líneas generales, el proyecto mantiene el catálogo de derechos para las víctimas de la mayoría de delitos graves que contemplaba ya el anteproyecto aprobado en octubre.

El proyecto otorga estos derechos a víctimas de delitos de terrorismo, homicidio, lesiones y contra la libertad sexual, que están penados con más de cinco años de cárcel o cuando se trate de hechos que puedan derivar en una situación de peligro para la víctima.

Objetivo del estatuto

De esta forma, el estatuto dota de más derechos procesales y extraprocesales a las víctimas, que podrán recurrir el archivo o sobreseimiento de los casos aunque no estén personadas, y se les proporcionará, si lo desean, información del proceso o adopción de medidas cautelares sobre el encausado.

De las medidas que contempla el estatuto se beneficirán también las víctimas indirectas, como los familiares, en caso de fallecimiento o desaparición, y entre ellos se incluirán también los hijos de su pareja si convivían con ella.

El objetivo, ha dicho Ruiz-Gallardón, es reconocer "la dignidad de las víctimas" y regular el trato que les debe dar el Estado no solo jurídico sino también social, de que se recoge esos derechos eviten "una segunda victimización social".

Las víctimas, según ha asegurado Gallardón, han participado activamente en la redacción del nuevo texto que "no debe ser solo un mandato del legislador, sino un aldabonazo a la sociedad" que recoja "una modificación del trato a las víctimas de cualquier delito, y a cualquier tipo de víctima".

Plazo de 20 días para recurrir

El texto presentado este martes, que comenzará su tramitación parlamentaria después del verano, contempla que la víctima pueda recurrir los sobreseimientos, como reivindicaban las asociaciones, en los 20 días siguientes, un plazo muy superior al establecido hasta ahora, de tres días.

Además, las declaraciones de las víctimas en sede judicial se reducirán al máximo y en el juicio se evitarán preguntas innecesarias y el contacto visual con el infractor. Los menores y las personas con discapacidad tendrán medidas especiales de protección, como la posibilidad de grabar su testimonio para evitar hacerlo en persona.

En respuesta a la solicitud de asociaciones como la de afectados por el accidente de Spanair, el Estatuto incluirá la prohibición de que abogados y procuradores se pongan en contacto con las víctimas de catástrofes en el mes siguiente al siniestro. Pilar Vera, presidenta de esta asociación considera que esta medida permitirá proteger de "voraces embaucadores que se aprovechan de las tragedias aéreas".

También se reconoce, a través de este proyecto, el derecho de las víctimas a estar acompañadas y a ser informadas, si lo desean, sobre la causa abierta por el delito que sufrió, aunque no esté personada.

Las víctimas tendrán derecho a recibir notificaciones de las sentencias, los sobreseimientos, y de la adopción de medidas cautelares y de libertad del encausado, siempre y cuando lo pidan previamente y exista una situación de peligro.