La Audiencia de Sevilla confirma la decisión de la juez Alaya de no dividir la causa de los ERE
- Anticorrupción había pedido separar la causa por ayudas investigadas
- Señala que no cabía recurso contra la decisión de Alaya y no debió admitirse
La Audiencia de Sevilla ha confirmado la decisión de la juez instructora del caso de los ERE, Mercedes Alaya, de no dividir la causa en piezas, una por cada ayuda investigada, porque podría llevar a un "desorden procesal", a "contradicciones" y a elevar la causa al Tribunal Supremo "por goteo".
La Sección Séptima de la Audiencia, en un auto al que ha tenido acceso Efe, rechaza el recurso de la Fiscalía Anticorrupción, que había pedido separar la causa en piezas por razones de agilidad, pues se trata de una medida contra la que no cabía recurso y que no debió ser admitida a trámite.
En la hipótesis de que la decisión de Alaya hubiera sido recurrible, señala la Audiencia, el fiscal debería haber acompañado su propuesta de un proyecto de división, "por muy provisional que fuera" con una "valoración de las imputaciones, diseño de hechos, diseño de imputados, diseño de conexiones y desconexiones subjetivas y objetivas".
Este respaldo de la Audiencia se produce cuando la juez va a enviar en las próximas horas al Tribunal Supremo la causa contra los aforados, entre ellos los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán, trámite en el que Anticorrupción ha vuelto a pedir que lo haga tras separar la causa en piezas.
El fiscal "pudo acudir directamente al Tribunal Supremo"
Respecto a los aforados, la Audiencia cree que el fiscal debería haber acudido a la fórmula de pedir al Tribunal Supremo que, de estimarlo adecuado, ordenase a la juez abstenerse de seguir instruyendo el caso y remitirle de inmediato la documentación oportuna.
El auto reprocha a Anticorrupción que "hace ya mucho tiempo que pudo acudir directamente al Tribunal Supremo", como venía defendiendo en sus escritos "pero sin nunca actuar los mecanismos legales pertinentes".
Sobre la división en piezas, dice que "una petición de tal calado no se puede sostener, dicho sea con todos los respetos, sobre construcciones teóricas que no van acompañadas de un diseño -por provisional que sea- de hechos y personas intervinientes" hasta llegar a "una propuesta concreta que justificase apartarse de la normal general" sobre los delitos conexos.
En una causa con más de doscientos imputados y decenas de miles de folios, "hay material suficiente como para que la acusación pública que pide la división de actuaciones hubiera aportado tales elementos de hecho", según la Audiencia.
Al mismo tiempo, construir su petición sobre "criterios excesivamente genéricos", sin concreción de hechos, conlleva el riesgo de incurrir en contradicciones y la petición de la Fiscalía "podría generar un riesgo de desorden procesal a través de la remisión por goteo de asuntos al Tribunal Supremo", según la Audiencia.