La Audiencia de Castellón cita a Fabra el 3 de septiembre para comunicarle su ingreso en prisión
- La Audiencia ha declarado firme la sentencia que condena a Fabra
- Fue condenado a cuatro años de cárcel por cuatro delitos fiscales
La Audiencia de Castellón ha citado el próximo 3 de septiembre al expresidente de la Diputación y del PP provincial, Carlos Fabra, para que le sea comunicado el ingreso en prisión, según informa el Tribunal Superior de Justicia valenciano.
La Audiencia ha declarado firme la sentencia que condena a Fabra a cuatro años de cárcel por cuatro delitos contra la hacienda pública al estafar más de 693.000 euros entre 1999 y 2003 y que ha sido ratificada por el Tribunal Supremo.
Ese día, el 3 de septiembre, la Audiencia también requerirá a Carlos Fabra para el pago de la indemnización y las multas fijadas, según consta en un auto, con fecha 31 de julio, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
Junto a Fabra, que está citado a las 10.00 horas, el mismo día tendrá que comparecer ante el tribunal su exmujer, María de los Desamparados Fernández, para requerirle el pago de la multa impuesta, dejando pendiente lo relativo a la indemnización para la ejecución de sentencia.
Respecto a Fernández, para la que el Tribunal Supremo rebajó la condena de dos a un año de prisión, el tribunal acuerda que se obtengan sus antecedentes penales y que se trasladen a las diferentes partes del procedimiento para que se pronuncien sobre la concesión de beneficios de la suspensión de la pena impuesta.
Cuatro años de prisión, pago de multa e indemnización a Hacienda
La Audiencia condenó a Fabra, en noviembre de 2013, a cuatro años de prisión por cuatro delitos contra la Hacienda Pública, a una multa de 693.074,33 euros y a indemnizar a Hacienda con la misma cantidad por el total de la cuantía defraudada durante los ejercicios 1999, 2000, 2002 y 2003 más intereses legales.
Así mismo, condenó a la exmujer del exdirigente 'popular' a dos años de cárcel por dos delitos contra la Hacienda Pública, a una multa de 273.761,39 euros y a indemnizar a Hacienda con la misma cantidad por la cuantía defraudada en los ejercicios 2000 y 2003 más intereses legales. La sentencia declaraba extinguida su responsabilidad penal respecto al ejercicio del IRPF de 1999 al haber prescrito el delito.
En ambos casos, la sala apreció la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, y les condenaba a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un tiempo de tres años. La petición de cárcel para Fabra por parte de Fiscalía alcanzaba los 13 años de prisión, una multa de 1,98 millones de euros y una indemnización de 693.000 euros.
La sentencia del tribunal absolvía a Carlos Fabra, al empresario Vicente Vilar --propietario de Naranjax que presentó la querella que dio lugar al proceso--, y a la exmujer de éste, Monstserrat Vives, de los delitos de tráfico de influencias y cohecho, así como al exsenador del PP Miguel Prim de tráfico de influencias.
Tanto Fabra como su exmujer recurrieron esta sentencia ante el Tribunal Supremo, que recientemente --con fecha 23 de julio-- se ha pronunciado confirmando la resolución íntegramente para el primero, y rebajando la pena para la mujer, al pasarla de dos a un año de prisión. Ahora, una vez declarada firme, la Audiencia ha acordado citar a Fabra para comunicarle su ingreso en prisión.