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El Gobierno estudia una reforma para que combatir con terroristas en el extranjero sea delito

  • Para frenar el reclutamiento por parte grupos radicales como Estado Islámico
  • El ministro de Exteriores plantea esta posible reforma sin detallar plazos

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El ministro Margallo, ante la comisión de Asuntos Exteriores del Congreso.
El ministro Margallo, ante la comisión de Asuntos Exteriores del Congreso.

El ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo, ha dicho este martes en el Congreso que se está trabajando en la inclusión como delito en el Código Penal de la participación de ciudadanos españoles en actividades terroristas en el extranjero, como una medida dentro de la estrategia para frenar la captación en España de personas por parte del terrorismo yihadista.

El ministro, que ha comparecido ante la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados, ha planteado esta posible reforma, cuyos plazos no ha detallado y que se enmarca dentro de la lucha de España contra "una de las amenazas más complejas de nuestro tiempo", como se ha referido al terrorismo yihadista en la región de Irak y Siria y también en el Sahel.

Según fuentes ministeriales, el castigo penal de la participación con grupos terroristas en el exterior se está tratando tanto a nivel europeo como español.

En este sentido, el Congreso está tramitando una reforma del Código Penal, presentada en septiembre de 2012 por el Ministerio de Justicia, que contempla, entre otras novedades, la prisión permanente revisable y la libertad vigilada, que podrían aplicarse a delincuentes peligrosos como pueden ser los terroristas yihadistas.

Otras medidas contra yihadistas

En concreto, la prisión permanente revisable contempla que un recluso puede estar un tiempo indefinido en prisión, pero podría salir a partir de un momento determinado, tras revisarse su situciación.

Asimismo, la libertad vigilada ya se incluyó en el Código Penal aprobado por el Gobierno socialista en 2010, donde esta medida se contemplaba para delitos sexuales y de terrorismo. Con la reforma del Código Penal que se está tramitando, esta posibilidad se amplía a otros delitos, como los patrimoniales, robos o delitos violentos.

Este libertad restringida consiste en que el preso, una vez cumplida su condena en prisión y excarcelado, debe someterse a control o vigilancia judicial durante un plazo de diez años.

Al margen de la posible modificación del Código Penal, Margallo también ha relatado algunas "hipotéticas" medidas que podría adoptar España en la lucha contra grupos radicales como el Estado Islámico en Irak y Siria, y dentro de las cuales figura el uso de las bases militares de Estados Unidos, el apoyo mediante transportre estratégico, la entrega de equipos letales y no letales, la colaboración en materia de Inteligencia o asesoramiento.

No obstante, ha apostillado que no hay nada cerrado porque la comunidad internacional aún no ha "concretado". En este sentido, ha defendido la necesidad de ceñirse al derecho internacional -en particular Naciones Unidas- y a las peticiones del Gobierno iraquí.