El minorista podrá invertir hasta 3.000 euros en el 'crowdfunding' y el acreditado no tendrá límite
- El Gobierno aprueba el proyecto de Fomento de la Financiación Empresarial
- Busca hacer flexible el acceso al crédito y canalizar el ahorro hacia la inversión
Los inversores minoristas podrán invertir hasta 3.000 euros anuales en un proyecto de crowdfunding o micromecenazgo, mientras que los inversores acreditados podrán invertir sin una cuantía limitada. Así lo recoge el proyecto de Ley de Fomento de la Financiación Empresarial aprobado este viernes por el Consejo de Ministros.
El Gobierno ha asegurado que la norma prevé hacer más flexible el acceso al crédito, tanto bancario como el que circula por vías alternativas y canalizar el ahorro hacia la inversión mediante instrumentos más ágiles.
En rueda de prensa, el ministro de Economía, Luis de Guindos, ha señalado que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), junto con el Banco de España, serán los encargados de supervisar la actividad de micromecenazgo cuando ésta consista en la intermediación de préstamos. Luis de Guindos ha señalado que "es importante diversificar las fuentes de financiación" de las empresas, y que esto es en "última instancia lo que se intenta con esta ley".
Inversores acreditados y no acreditados
La nueva normativa define a los inversores acreditados como los institucionales, las empresas que superen determinados niveles de activo (1 millón de euros), cifra de negocio (2 millones) o recursos propios (300.000 euros) y todas las personas físicas o jurídicas cuyos niveles de renta superen los 50.000 euros al año o tengan un patrimonio superior a 100.000 euros y soliciten expresamente este tratamiento.
Los inversores acreditados podrán invertir sin límite mientras que los no acreditados (el resto de los inversores), por su carácter minorista, tendrán límites anuales a la inversión (3.000 euros por proyecto y 10.000 euros en el conjunto de plataformas) y deberán requerir la firma manuscrita por la que manifiestan, antes de adquirir ningún compromiso de pago, haber sido advertidos de los riesgos de este tipo de inversiones.
El Ejecutivo asegura que con esta normativa busca velar por la transparencia, por lo que la nueva regulación garantizará que todos los inversores tengan acceso a información suficiente sobre aspectos como la propia plataforma, el promotor y las características del vehículo utilizado para captar la financiación, así como sobre todos los riesgos que implica la inversión en este tipo de proyectos.
Por su parte, De Guindos ha defendido también en la rueda de prensa que con estos límites se trata de "buscar un equilibrio" entre la "necesaria seguridad" al inversor particular y la "libertad" de este tipo de intermediarios para captar financiación para desarrollar proyecto.
El Gobierno facilita la financiación a las pymes
Por otra parte, la norma establecerá la obligación por parte de las entidades de crédito de ofrecer preavisos de al menos tres meses a las pymes cuya financiación vaya a ser cancelada o notablemente reducida (un 35% o más).
Así, junto con el preaviso, se otorga a las pymes el derecho a obtener de la entidad bancaria información sobre su posición financiera, historial de pagos, extracto, calificación crediticia, y su calificación crediticia de conformidad con la metodología específica para pymes que desarrollará el Banco de España, para que así puedan irse a otra entidad de crédito.
Además, podrán solicitar estos datos en cualquier otro momento y de forma incondicionada, petición que deberá atenderse en el plazo de 15 días y a un coste reducido, añade la norma.
Mercado Alternativo Bursátil
El proyecto de ley también recoge medidas relacionadas con el MAB con el objetivo de "potenciarlo", tras el escándalo de Gowex.
Para ello, se avanzará en flexibilizar el tránsito desde el MAB hacia la Bolsa de aquellas compañías cuyo desarrollo y crecimiento requiere la cotización en este mercado oficial.
Así, se elimina por un periodo transitorio de dos años la exigencia de la declaración intermedia de gestión y se permite que las empresas no presenten el segundo informe semestral, que no es exigible por normativa de la UE.
Además, se establece un umbral de capitalización de 500 millones de euros, a partir del cual las sociedades cuyas acciones cotizan en el MAB han de solicitar la admisión a negociación en un mercado regulado.
De esta manera, quedarán automáticamente vinculados por las normas de gobierno corporativo y demás requisitos de trasparencia propios de este mercado.