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La Audiencia ve suficientes indicios delictivos para seguir investigando a Jordi Pujol

  • Dice que de su confesión se desprende, cuando menos, delito contra Hacienda
  • Considera que la revelación del dinero oculto ya justifica el proceso abierto

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El expresidente catalán Jordi Pujol durante su comparecencia en el Parlament
El expresidente catalán Jordi Pujol durante su comparecencia en el Parlament.

La Audiencia de Barcelona ha rechazado archivar la investigación abierta sobre la fortuna oculta del expresidente de la Generalitat Jordi Pujol, al entender que de su carta de confesión se desprenden "indicios de haberse cometido, cuando menos, un delito contra la Hacienda Pública".

En un auto, la sección tercera de la Audiencia de Barcelona ha desestimado así el recurso presentado por la defensa de Jordi Pujol contra la causa que abrió el juzgado de instrucción número 31 de Barcelona, a raíz de una querella de Manos Limpias, para investigar la fortuna que ha confesado mantuvo oculta en el extranjero.

La defensa de los Pujol recurrió a la Audiencia alegando que la denuncia que dio origen a la investigación carecía de una mínima concreción, por lo que constituía una "causa general" contra el expresidente de la Generalitat y su esposa, Marta Ferrusola.

Cree que la confesión de Pujol ya justifica la apertura de un proceso

En opinión del tribunal, "el reconocimiento de la existencia de un patrimonio oculto a lo largo de más de treinta años puede considerarse un dato suficientemente revelador para considerar que existen indicios (desde luego, con un carácter provisional), de haberse cometido cuanto menos un delito contra la Hacienda Pública".

La sala recuerda que el comunicado que Pujol hizo público el pasado 25 de julio "constata la existencia, antes de que se produjera el fallecimiento de Florenci Pujol, de un dinero ubicado en el extranjero que no estaba regularizado" y apunta a que esa información "está claro que resulta claramente incompleta".

En ese sentido, el tribunal advierte de que la carta no aporta "ninguna información concreta" sobre el origen de los fondos, su importe y las operaciones realizadas con los mismos durante casi 35 años.

La sección tercera de la Audiencia argumenta en su auto que todo juez debe abrir una investigación para comprobar los hechos relatados en una denuncia, salvo que esta no revista carácter de delito o sea "manifiestamente falsa".

"Desconocemos cuáles fueron los hechos concretos denunciados que la magistrada de instancia tuvo en cuenta para incoar el procedimiento de diligencias previas, pero, en todo caso, resulta patente que no pueden ser considerados falsos (por públicos y notorios)", argumenta la sala.