El Govern vuelve a pedir al TC que reconsidere la suspensión de la consulta del 9N
- Solicita que "reconsidere y deje sin efecto" la admisión a trámite de la impugnación
- El TC no se reunirá antes del 9N y no resolverá antes de esa fecha
Los servicios jurídicos de la Generalitat de Cataluña han presentado este viernes un recurso ante el Tribunal Constitucional para solicitar que "reconsidere y deje sin efecto" la admisión a trámite de la impugnación del "proceso de participación" del 9N presentada por el Gobierno central y pueda celebrarlo como estaba previsto.
Así lo ha informado en un comunicado la Generalitat, en el que ha abundado que, "en la hipótesis de que no sea admitido dicho recurso", se plantea al TC "una aclaración de la providencia de admisión a trámite, que resulta confusa en cuanto a su alcance, como se ha puesto de manifiesto, entre otros, con las declaraciones efectuadas por diferentes miembros del mismo Gobierno".
De esta forma, el Gobierno de la Generalitat presenta un recurso de súplica ante el TC con el objetivo principal de que el alto tribunal cambie de criterio y no admita a trámite la impugnación de la consulta alternativa, ha informado el departamento de Presidencia de la Generalitat.
La presentación de este recurso llega el día después de que el Tribunal Supremo (TS) rechazase la demanda que interpuso la Generalitat contra el Estado, en la que pedía actuaciones contra el Gobierno central por haber impugnado el proceso participativo, que el TC suspendió cautelarmente este martes.
El TC no resolverá antes del 9N
Sin embargo, el TC no resolverá de manera inmediata sobre el recurso presentado este viernes lo que, en la práctica, supone que la petición del Gobierno catalán no será atendida.
El TC no tiene previsto reunirse para resolver sobre este recurso de súplica presentado por Generalitat, recurso que seguirá la tramitación habitual de este tipo de escritos, según han informado a Efe fuentes jurídicas.
La suspensión de la consulta alternativa adoptada por el TC es consecuencia de la admisión a trámite del recurso contra ella presentado por el Gobierno central, han informado las mismas fuentes.
El recurso presentado por el Ejecutivo central era de impugnación de disposiciones autonómicas y, subsidiariamente, de conflicto positivo de competencias, e invocaba la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución que determina la suspensión automática de la norma recurrida por un plazo provisional de cinco meses.
Transcurrido ese plazo, si el TC no ha resuelto sobre el fondo del asunto decidirá si mantiene la suspensión o no, al margen de que la fecha del 9 de noviembre haya transcurrido.
Las mismas fuentes han confirmado que el Ejecutivo catalán ya presentó un recurso similar contra la primera suspensión acordada para la ley catalana de consultas y el decreto que la desarrollaba haciendo una primera convocatoria soberanista para el 9 de noviembre. Los dos recursos seguirán el mismo trámite.