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El Senado aprueba la rebaja del IVA de flores y plantas ornamentales del 21% al 10%

  • La Cámara Alta aprueba la reforma fiscal y la envía de nuevo al Congreso
  • Otras de las enmiendas aceptadas, la rebaja de tipos para los autónomos

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Ramo de flores
Ramo de flores.

El Senado ha aprobado este jueves una rebaja del IVA de flores y plantas ornamentales, que pasarán de estar gravadas por el tipo general del 21% al reducido del 10%. Así consta en una enmienda incluída en la reforma fiscal, que ahora volverá al Congreso de los Diputados para completar su tramitación parlamentaria y pueda entrar en vigor el 1 de enero de 2015.

La rebaja del IVA en flores y plantas ornamentales ha sido una iniciativa de CiU y a través de una enmienda, transaccionada con el PP y aprobada por todos los grupos, al Proyecto de Ley que modifica la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, una de las tres normas que conforman la denominada reforma fiscal.

Según recoge la enmienda, acordada por todos los grupos parlamentarios del Senado, pasarán a tributar al 10% "las flores, las plantas vivas de carácter ornamental, así como las semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen exclusivamente vegetal susceptibles de ser utilizados en su obtención". Antes de la subida del IVA aprobada por el Gobierno en 2012 todos estos productos tributaban al 8%.

Cambios en el IRPF

Esta es una de las novedades que se han incluído en la reforma fiscal a su paso por la Cámara Alta. Entre el resto de enmiendas aceptadas destaca el mantenimiento de los coeficientes de abatimiento para las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de viviendas u otros activos por un precio de transmisión de hasta 400.000 euros.

Otra de las enmiendas del Grupo Popular mejora en un punto la rebaja inicialmente planteada en su reforma y sitúa las retenciones de los autónomos en el 19% en 2015 y en el 18% en 2016.

En otro de los cambios se mantiene la exención aplicable a la entrega de acciones gratuitas a los trabajadores de la propia empresa, siempre que se efectúe a todos los trabajadores en activo en las mismas condiciones y que la entrega no exceda los 12.000 euros anuales por trabajador.

Cambio en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Además, se aprobado un enmienda para dar respuesta al fallo del Tribunal de Justicia de la UE que declaró ilegal el impuesto de sucesiones y donaciones al obligar a los no residentes a pagar más que los residentes, que se beneficiaban de las ventajas fiscales concedidas por las comunidades autónoma. Ahora se permitirá a los no residentes acceder también a estos beneficios en función las regiones en las que habitan.

Por otro lado, se evita el intercambio de información tributaria con un país o territorio que tenga la consideración de paraíso fiscal y se permite a los contribuyentes cambiar la instrumentación de un plan de ahorro a largo plazo sin perder el beneficio fiscal adquirido ni tener que extinguir el plan anterior. Así, se podrán hacer cambios entre seguros de vida, depósitos y contratos financieros.

En materia de Sociedades, se ha aprobado incluir una disposición transitoria nueva en el texto para limitar la compensación de bases imponibles negativas al 60% de la base imponible para 2016 por razones de consolidación fiscal y otra para evitar que los activos intangibles adquiridos antes de la reforma fiscal que tenían restricciones de deducibilidad se conviertan en deducibles.