Bruselas relaja la exigencia ante la exposición bancaria en países como Brasil, China o EE.UU.
- Adopta una lista de países cuya regulación considera equivalente a la europea
- Los bancos europeos no tendrán que provisionar tanto por su presencia allí
La Comisión Europea (CE) ha adoptado una lista con los nombres de los terceros países cuya supervisión y regulación bancaria considera equivalente a la europea, por lo que relajará las exigencias de fondos propios que se aplican a los bancos europeos con una exposición en lugares como Brasil, Mónaco o Estados Unidos.
Esta primera decisión de "equivalencia", tomada con arreglo al reglamento europeo sobre requisitos de capital, establece que algunos países y territorios terceros aplican a las entidades crediticias, las empresas de inversión y los centros bursátiles unas exigencias reglamentarias y de vigilancia equivalentes a las europeas.
De este modo, relaja las exigencias que tienen que cumplir los bancos europeos con exposición en estos países, ya que les permite aplicar una ponderación de riesgo preferencial a las exposiciones que tienen en aquellos países.
"Esta decisión precisa la cantidad de fondos propios que los bancos de la UE tendrán que mantener para cubrir más del 90% de sus préstamos fuera de la Unión", explicó el comisario europeo de Finanzas, Jonathan Hill, en un comunicado.
Relaja la exigencia de fondos propios
"Esto significa que los bancos de la UE no estarán más sometidos a las exigencias de fondos propios desproporcionadas para estas exposiciones. Las operaciones de los bancos europeos activos a nivel mundial se facilitarán y el mercado bancario único, se reforzará", añadió Hill.
La lista, que trata de armonizar a nivel comunitario el reconocimiento de equivalencia que ya estaban efectuando algunos Estados miembros con países terceros de manera unilateral, será revisada de manera periódica para añadir otros países que merezcan este reconocimiento.
La lista reconoce la equivalencia de varios países y territorios, que suman más del 90% de las exposiciones de las entidades bancarias europeas fuera de la UE.
En el caso de las instituciones de crédito, considera equivalentes los sistemas de Australia, Brasil, Canadá, China, Guernseyx, Hong Kong, India, la Isla de Man, Japón, Jersey, México, Mónaco, Arabia Saudí, Suiza, Singapur, Sudáfrica y Estados Unidos.
En el caso de firmas de inversión, reconoce a Australia, Brasil, Canadá, China, Arabia Saudí, Singapur, México, Sudáfrica y EEUU, mientras que en lo que concierne a los centros bursátiles, considera equivalentes a Brasil, Canadá, China, India, Japón, México, Arabia Saudí, Singapur, Sudáfrica y EEUU. La decisión entrará en vigor el uno de enero.