Bárcenas saldrá de prisión si paga la fianza de 200.000 euros fijada por la Audiencia Nacional
- El tribunal cree que el riesgo de fuga del extesorero del PP ha disminuido
- Valora su "largo tiempo" en prisión, el fin de la instrucción y su "arraigo"
- Deberá comparecer tres veces por semana y tendrá prohibido salir del país
- Lee el auto de la Audiencia Nacional sobre la fianza de Bárcenas [.pdf]
Enlaces relacionados
El extesorero del PP Luis Bárcenas podrá salir de prisión en libertad provisional si abona la fianza de 200.000 euros en metálico que ha fijado la Audiencia Nacional este martes en un un auto [.pdf] en el que estima parcialmente el recurso que presentó contra la última decisión del juez del caso Gürtel, Pablo Ruz, de mantenerle en la cárcel del Soto del Real, donde ingresó el 27 de junio de 2013. Los magistrados creen ahora que el riesgo de fuga ha disminuido y acuerdan como medidas cautelares la prohibición de salir de España y la obligación de comparecer ante el juzgado tres veces a la semana.
Para tomar esta decisión, la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia ha tenido en cuenta el "largo tiempo transcurrido" desde que fue privado de libertad de forma provisional cercano a los dos años y el "dato igualmente objetivo" de que la investigación sobre la primera época de la trama Gürtel (1999-2005) "se halla prácticamente agotada" después de que Ruz dictara en noviembre el auto con el que ponía fin a la instrucción para sentar en el banquillo a 43 imputados, entre ellos, a tres extesoreros del Partido Popular.
Los magistrados añaden, además, que deben "armonizar" el tiempo que ha transcurrido desde que entró en la cárcel y el momento procesal con su arraigo "personal, social, familiar y laboral" en España y "su carencia de antecedentes penales, lo que disminuye el riesgo de huida".
Su hasta ahora abogado, Javier Gómez Liaño, que este mismo lunes anunció que renunciaba a su defensa por "pérdida de confianza", ha sido el encargado de darle la noticia en prisión. En declaraciones a TVE en Soto del Real, el letrado ha señalado que Bárcenas no podrá reunir los 200.000 euros de forma inmediata porque tanto él como su mujer tienen sus cuentas embargadas, por lo que dependerán de familiares y amigos para poder pagar la fianza.
Luis Bárcenas está imputado en esta primera etapa del caso Gürtel por los presuntos delitos de cohecho, contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales, apropiación indebida, falsedad en documento mercantil y estafa procesal, recuerda el tribunal. La Fiscalía pide para el extesorero del PP 42 años y medio de prisión en su escrito de acusación presentado el pasado viernes.
Medidas cautelares para "mitigar" la prisión
Hasta ahora, todas las veces que Bárcenas había recurrido su ingreso en prisión había obtenido una respuesta negativa tanto del propio instructor del caso Gürtel como de la Sala de lo Penal, que ahora ha cambiado de postura. Los magistrados señalan que a pesar de las "sólidas conclusiones" de Ruz "acerca de la permanencia del peligro de fuga del recurrente" no pueden compartir en el momento actual del proceso "la tesis denegatoria de cualquier medida cautelar que mitigue la existente desde hace casi 19 meses".
En este sentido, señalan que "en la ponderación del riesgo de fuga debe conjugarse, además de las características y la gravedad de los delitos imputados y de las penas con que vienen siendo castigados, las circunstancias concretas del caso y las personales del imputado", en este caso, el "largo tiempo que lleva privado de libertad", la instrucción prácticamente agotada, su arraigo en España y su falta de antecedentes.
Prohibición de salir de España
Los magistrados subrayan también para apoyar su decisión que "en ningún momento consta" que Bárcenas "haya intentado sustraerse de la acción" de la justicia desde que comenzó a ser investigado en 2009 hasta que ingresó en prisión.
Los magistrados Ángela María Murillo, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel han acordado una serie de medidas cautelares en el caso de que Bárcenas quede en libertad tras abonar la fianza de 200.000 euros.
Estará obligado a comparecer ante el Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional lunes, miércoles y viernes, tendrá prohibido salir de España y se le mantendrá su pasaporte retirado. Bárcenas también estará obligado a fijar un domicilio y a aportar un teléfono en el que estar localizable.
Una puesta en libertad "ni inconveniente ni contradictoria"
La sección cuarta de la Sala de lo Penal defiende que su nuevo planteamiento sobre la puesta en libertad de Bárcenas "no resulta inconveniente ni contradictorio" con la presentación reciente de los escritos de la acusación -como el de la Fiscalía Anticorrupción- atendiendo a los razonamientos expuestos y "al carácter ambivalente otorgado por la jurisprudencia al transcurso del tiempo en situación de prisión preventiva, aquí apreciado a favor del imputado".
No obstante, la Sala de lo Penal estima solo parcialmente el recurso del extesorero del PP porque, aunque le concede la libertad bajo fianza, rechaza los argumentos que usa su abogado. Los magistrados defienden que la decisión de Ruz de mantener a Bárcenas en prisión ha estado siempre motivada y rechazan "rotundamente" falta de imparcialidad en el instructor.
Rechazan así mismo que Bárcenas haya mantenido "una actitud colaboradora" en el proceso como asegura su abogado, que puedan concederle la libertad atendiendo a la situación procesal de otros imputados en otras causas o que la decisión de Suiza sobre la documentación aportada al procedimiento impida a España seguir investigándole.
Evitar su fuga y la ocultación de pruebas
Sobre la cantidad de la fianza, los magistrados señalan que es "acorde y proporcionada" y que se ha fijado "atendiendo a los factores favorables del transcurso del tiempo, del agotamiento de la investigación y del arraigo del apelante, y a los factores desfavorables de la gravedad de los hechos supuestamente perpetrados y las penas con las que se castigan".
"Dicha cantidad concilia la natural y lógica pretensión de libertad que aspira conseguir el interesado con la garantía de evitar su fuga y la ocultación de posibles fuentes de prueba que no hayan sido todavía obtenidas, teniendo presentes las graves responsabilidades que, de manera provisional, recaen sobre la conducta del apelante", concluye la sección cuarta de la Sala de lo Penal.