Enlaces accesibilidad

La justicia ve irregular la readmisión de empleados de Coca-Cola si hay un cambio de residencia

  • Obliga a la empresa a pagar los salarios a los 309 trabajadores afectados
  • No tendrán que ir a sus puestos de trabajo hasta que se pronuncie el Supremo
  • La Audiencia Nacional no se pronuncia sobre los cierres de las fábricas

Por
Protestas de los trabajadores de la planta de Coca-Cola en Fuenlabrada el pasado 15 de enero
Protestas de los trabajadores de la planta de Coca-Cola en Fuenlabrada el pasado 15 de enero.

La Audiencia Nacional ha considerado "irregular" la readmisión de los empleados de Coca-Cola que la empresa les ofreció en centros de trabajo que suponen un cambio de residencia, por lo que les exime de trabajar hasta que el Tribunal Supremo resuelva definitivamente en casación el recurso interpuesto a la sentencia de junio de 2014. Además, en el auto obliga al embotellador único de Coca-Cola en España a pagarles, mientras tanto, los salarios de sustanciación.

La decisión afecta en total a 309 trabajadores, en su mayoría de la fábrica de Fuenlabrada (Madrid). En cambio, no afecta a otros 41 a los que el embotellador único readmitió en el mismo centro y condiciones que tenían antes de su despido, pero sí a los que habían aceptado las nuevas condiciones de la empresa (otros 20 empleados según el auto de la Audiencia Nacional; y no 30 como dijo la empresa).

Los magistrados explican que Coca-Cola no ha cumplido "completamente" con la obligación que le impuso la Sala de reincorporar a los trabajadores en el mismo puesto de trabajo, por lo que condena a la empresa, además de a pagarles los sueldos sin exigirles contraprestaciones profesionales, a darles de alta en la Seguridad Social y cotizar hasta que se pronuncie el Supremo.

Coca-Cola defendía que la readmisión en el mismo centro de trabajo era "imposible" por el cierre de cuatro fábricas: las de Fuenlabrada (Madrid), Colloto (Asturias), Alicante y Palma de Mallorca.

La Audiencia Nacional no cree, sin embargo, que la readmisión ofrecida por la empresa se produjera en fraude de ley o fuera dolosa. Tampoco considera que se trate de una medida reactiva o renuente" a lo ordenado por la Audiencia, ni ante un "traslado colectivo encubierto".

No se pronuncia sobre el cierre de las fábricas

El pasado 5 de diciembre Coca-Cola Iberian Partners ofreció recolocar a los 351 trabajadores que fueron despedidos mediante el Expediente de Regulación de Empleo declarado nulo por la justicia, tal y como le obligaba la Audiencia Nacional. Ahora, el auto de la Sala de lo Social de la propia Audiencia Nacional cree que esta propuesta de la compañía es irregular y exime a más de 300 empleados a incorporarse a los puestos que les ofreció la empresa si esto les obliga a un cambio de residencia.

El auto subraya, además, que "no cabe" que la justicia se pronuncie ahora sobre "el resto de pretensiones de los ejecutantes" (los sindicatos CC.OO. y UGT) "porque no cabe volver a requerir a las condenadas para que readmitan a los ejecutantes en unos centros de trabajo, que están cerrados o en fase de desmantelamiento", destaca el auto.

La Audiencia Nacional insiste en que "procede únicamente eximir a los trabajadores de acudir a otros centros de trabajo con el consiguiente pago de los salarios de sustanciación, sin que proceda realizar advertencia alguna en la presente fase procesal para el caso de incumplimiento del pago citado, debiendo subrayar, en todo caso, que el abono de los salarios de sustanciación desde el 12-06-2014 al 20-11-2014 está pendiente de la aceptación por los ejecutantes de la individualización y cuantificación realizada por las empresas condenadas", señala el auto.

Contra la resolución se puede interponer un Recurso de Reposición, en plazo de cinco días, a partir del siguiente a la recepción de la notificación de la misma.

Coca-Cola acata la sentencia

En un comunicado, Coca-Cola Iberian Partners anuncia que "acata lo resuelto por la Audiencia Nacional que, a la espera de la resolución del Tribunal Supremo, dictamina que la compañía debe pagar a dichos empleados el salario correspondiente aunque no presten servicio alguno".

"El auto resuelve provisionalmente las demandas de los 278 trabajadores que rechazaron todas las ofertas de empleo planteadas por la compañía durante el proceso", señala la empresa, que entiende que la Audiencia Nacional "avala el plan de readmisión aunque, en el caso de los trabajadores que necesitan trasladarse, lo supedita a la decisión final del Tribunal Supremo".

Por su parte, los sindicatos CC.OO. y UGT han exigido este lunes Coca-Cola que aplique la sentencia y le han pedido que deje de actuar con "mala fe" y que no se invente nuevas "triqiñuelas" para evadir lo sentenciado por la Justicia.