Competencia multa a Endesa con 100.000 euros por la rescisión unilateral de contratos de gas
- Lo hizo entre agosto y octubre de 2012 sin advertirlo antes a los consumidores
- Las comunicaciones de la empresa, orientadas al cobro de la deuda pendiente
- Archivado el expediente sancionador contra Iberdrola por la misma práctica
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 100.000 euros a Endesa Energía por rescindir de forma unilateral contratos de gas a consumidores que habían dejado de pagar el suministro sin efectuar la comunicación previa que exige la legislación, según han informado este martes en una nota de prensa.
En concreto, el organismo regulador la considera responsable de una infracción grave, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Sector de Hidrocarburos, como consecuencia de la rescisión unilateral de contratos de suministro de gas, entre el 1 de agosto de 2012 y el 1 de octubre de 2012, sin efectuar la comunicación previa a los consumidores prevista en el artículo 55.2 del real decreto de 2002 de actividades de transporte, distribución, comercialización y suministro.
Dicho artículo establece que cuando se rescinda un contrato de suministro entre un consumidor y un comercializador "el comercializador deberá comunicar tal circunstancia a la empresa distribuidora y al consumidor con un período mínimo de antelación de seis días hábiles".
Además, "en dicha notificación, enviada al consumidor y a la empresa distribuidora, se señalará que, salvo que el consumidor acredite disponer de un contrato de suministro con otro comercializador, o solicite a la empresa distribuidora el paso a tarifa, el distribuidor procederá a la suspensión del suministro una vez concluido el período establecido".
Las comunicaciones de Endesa, orientadas al cobro de la deuda
Así, Competencia considera probado que las comunicaciones remitidas por Endesa Energía a los consumidores, cuyos contratos eran posteriormente rescindidos, únicamente estaban orientadas al cobro de la deuda pendiente.
La empresa no ponía en conocimiento de los consumidores ni la rescisión de los contratos ni las consecuencias que ello puede llevar aparejado en el caso de que no dispusiesen de otro contrato o solicitaran el paso a tarifa.
Por otra parte, la CNMC ha archivado el procedimiento iniciado contra Iberdrola Generación por el mismo motivo, la rescisión unilateral de los contratos de suministro de gas natural al no quedar acreditada dicha infracción administrativa.
El organismo presidido por José María Marín Quemada recuerda que estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y que contra ellas se pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.