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Castro rechaza la petición de Hacienda de obtener un 3% de la venta de Pedralbes

  • Hacienda reclama esa retención por ser el comprador no residente en España
  • Castro dice que la Abogacía del Estado introdujo este requisito fuera de plazo

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Palacete de Pedralbes, de Iñaki Urdangarin y la infanta Cristina, en Barcelona
Palacete de Pedralbes, de Iñaki Urdangarin y la infanta Cristina, en Barcelona

El juez del caso Nóos, José Castro, ha rechazado este viernes añadir como condición para la venta del palacete de Pedralbes,  la vivienda de Iñaki Urdangarin y la Infanta Cristina, que se aplique una retención del 3 % que reclama Hacienda, porque considera que la Abogacía del Estado introdujo este requisito fuera de plazo

En un auto dictado este viernes, dentro de la pieza de responsabilidades pecuniarias derivada del caso Nóos, Castro asegura que no ha lugar a añadir la pretensión de la Abogacía del Estado a las exigencias que fijó el 5 de febrero como condicionantes para la venta de la vivienda de los duques de Palma, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

El mismo día que Castro ratificó en un auto las condiciones que había fijado para la venta del llamado palacete de Pedralbes, el pasado 17 de febrero, la Abogacía del Estado registró un escrito en nombre de Hacienda en el que solicitaba al juez que exigiera a los duques de Palma que acrediten la retención de un 3 % de la cuantía que obtengan con la venta del chalé de Pedralbes, como corresponde por no ser residentes en España.

Castro: "Las normas procesales y los plazos están para algo"

Castro ha respondido en un auto que "las normas procesales y los plazos que de las mismas se derivan están para algo", y ha detallado el proceso que ha llevado a cabo el juzgado desde que el pasado 28 de enero Urdangarin dirigió un escrito al juez solicitando autorización judicial para la transmisión a terceros de la finca conocida como el palacete de Pedralbes.

El magistrado detalla que tras esa petición, el Ministerio fiscal, la Abogacía de la comunidad balear y el sindicato Manos Limpias sí plantearon alegaciones en el plazo indicado, pero la Abogacía del Estado no lo hizo.

"De haberlo hecho, hubiera tenido la oportunidad de hacer valer la exigencia que plantea", añade, y el juzgado la habría introducido "como un condicionante más".

El magistrado recuerda que posteriormente, el 5 de febrero, autorizó la venta sin "la menor alusión" a la necesidad de acreditar la retención de un 3 % de lo que se obtuviera con la venta del inmueble porque entre sus funciones "no está asesorar al matrimonio Urdangarin-Borbón sobre los cargos tributarios de devenguen sus transacciones".

Castro añade que la Abogacía del Estado tampoco planteó entonces ningún recurso a dicha autorización del 5 de febrero, y sí que lo hizo la defensa de Urdangarin. La representación de la Agencia Tributaria tampoco alegó en relación al recurso del marido de la infanta.