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La CNMC multa con 8,75 millones a Repsol por fijación indirecta de precios en las gasolineras

  • La petrolera incumplió una resolución dictada en 2009 por Competencia
  • No eliminó una serie de prácticas comerciales que restringen la competencia

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Estación de servicio de Repsol
Estación de servicio de Repsol.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 8,75 millones de euros a Repsol por cometer una infracción "muy grave" consistente en el incumplimiento de una resolución dictada en 2009 por las autoridades de Competencia.

El regulador ha adoptado esta decisión tras constatar que la compañía no eliminó en determinadas estaciones de servicio de su red una serie de prácticas comerciales que restringen la competencia, lo que provocaba una fijación indirecta de precios.

Fuentes de Repsol consultadas por Europa Press han señalado que la CNMC "demuestra, una vez más, su animadversión a las empresas" y recurrirá ante la Audiencia Nacional la multa.

Como parte de los expedientes abiertos por la CNMC para comprobar si las petroleras cumplían las sanciones de 2009, el propio regulador ya ha multado a BP con 750.000 euros y a Cepsa con otros 2,5 millones.

Durante la tramitación de estos expedientes, tanto Repsol como Cepsa habían solicitado por separado la recusación del presidente de la CNMC, José María Marín Quemada, y de las consejeras del organismo María Ortiz e Idoia Zenarrutzabeitia, solicitud que fue rechazada por la Sala de Competencia y el Pleno del organismo.

La extinta CNC sancionó en 2009 a Repsol, Cepsa y BP

En 2009 la ya extinta Comisión Nacional de la Competencia sancionó a Repsol, Cepsa y BP por fijar indirectamente el precio de venta al público a empresarios independientes que operan bajo su bandera a través de distintas prácticas contractuales y usos comerciales, restringiendo con ello la competencia entre las estaciones de servicio de su red y el resto.

En el caso de Repsol, esta resolución le obligaba a adaptar los contratos con determinadas gasolineras. En contra del criterio de la empresa, la reforma de la Ley de Hidrocarburos en 2011 no le eximía de cumplir estas obligaciones.

Competencia había emprendido además desde 2010 diversas actuaciones para vigilar el cumplimiento de la sanción, y como parte de este trabajo ha detectado que Repsol no ha cumplido la resolución de 2009 en lo relativo a los contratos de suministro en exclusiva firmados con operadores terceros independientes.

Ante esta circunstancia, la CNMC acordó en diciembre de 2013 abrir un procedimiento sancionador e instar a la empresa a "adoptar las medidas necesarias" para que "los contratos de comisión y los contratos de reventa indiciada a precio de referencia" atiendan a "criterios objetivos".

Estos contratos deberían suscribirse "de forma que su determinación no desincentive la realización por parte de las estaciones de servicio de descuentos, para evitar que el operador fije indirectamente por esta vía el precio de venta al público", señala la CNMC.

Esta multa se conoce menos de un mes después de que el regulador sancionase con 32,4 millones a Repsol, Cepsa, Disa, Galp y Meroil por pactar precios, en este caso como parte de una conducta de coordinación entre los operadores, pactos de no agresión e intercambios de información.