Juristas advierten de que las 'devoluciones en caliente' siguen siendo "radicalmente ilegales"
- Un informe jurídico concluye que su mera inclusión en la ley no las legaliza
- Alertan de la responsabilidad penal que pueden tener los guardias civiles
- Critican que se reduzca a los inmigrantes a "objetos", a "auténticos fardos"
- Informe "Rechazos en frontera: ¿frontera sin derechos? en .pdf
Un informe jurídico elaborado por 15 catedráticos y profesores de una docena de universidades españolas advierte de que la inclusión sin más en la ley de extranjería de la figura del "rechazo en frontera" no da cobertura legal a las 'devoluciones en caliente' de inmigrantes que intentan saltar las vallas de Ceuta y Melilla. "La práctica de las devoluciones sumarias sigue siendo radicalmente ilegal también a la luz de la nueva regulación", concluye el documento Rechazos en frontera: ¿frontera sin derechos?, hecho público este lunes y promovido por el proyecto I+D+i Iusmigrante.
Este informe, de 34 páginas, alerta además de que la práctica de estas devoluciones "expone a los agentes de la autoridad a consecuencias jurídicas ante las que no resulta posible alegar obediencia debida". Señala que se les pueden exigir "responsabilidades penales y disciplinarias" y recuerda la imputación del coronel jefe de la comandancia de la Guardia Civil de Melilla por presunta prevaricación en las devoluciones que se realizaron el pasado verano.
El llamado 'rechazo en frontera' -que persigue, según ha quedado redactado en la ley, evitar la entrada ilegal en España- no sería aplicable, según estos juristas, a los inmigrantes que ya hayan accedido a territorio nacional. Es decir, no se podría aplicar a los inmigrantes que hayan superado ya la valla interior, que estén en la zona de intervallado o se encuentren encaramados en cualquiera de las vallas, "habida cuenta de la realidad incontrovertida de que las vallas están completamente ubicadas en territorio nacional".
“Las devoluciones sumarias pueden dar lugar a responsabilidades penales y disciplinarias para los agentes“
Tampoco podrían hacerse 'devoluciones en caliente' de aquellos inmigrantes que hayan accedido o intentado acceder a Ceuta y Melilla o a alguna de las islas o islotes de soberanía española situadas frente a las costas de Marruecos por vía marítima, ya sea nadando o en una embarcación.
Entre los firmantes del documento, adelantado este lunes por El Mundo y la Cadena Ser, están dos exmagistrados del Tribunal Constitucional: Pablo Pérez Tremps, catedrático de Derecho constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid, y Elisa Pérez Vera, profesora emérita de la UNED, experta en Derecho internacional privado. Firman también el informe, entre otros, Margarita Martínez Escamilla, catedrática de Derecho penal de la Universidad Complutense de Madrid y José Miguel Sánchez Tomás, profesor titular de Derecho penal de la Universidad Rey Juan Carlos, de Madrid.
A través de la aprobación de la ley de seguridad ciudadana se introdujo una modificación de la ley de extranjería [ver recuadro inferior], que está en vigor desde el pasado 1 de abril, para permitir el 'rechazo en frontera' de aquellos "extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera".
En el Senado se introdujo una enmienda para puntualizar que estas devoluciones deberían realizarse en todo caso "respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte".
Inmigrantes como "auténticos fardos"
Los juristas señalan que esta "genérica declaración" que alude a los derechos humanos debería ser suficiente para que las 'devoluciones en caliente' tal y como se venían practicando hasta ahora quedaran definitivamente desterradas, pero advierten de que hay "importantes indicios" de que se van a seguir practicando.
“Estas personas no son reducibles a objetos que se pueden devolver "al remitente" negándoles la palabra“
En este sentido, critican que se reduzca a los inmigrantes a meros "objetos" que se pueden devolver al "remitente" Marruecos sin darles la posibilidad de pedir asilo: "Tratar a seres humanos como auténticos fardos, negando por principio la posibilidad de que puedan hacer la más mínima alegación a las autoridades españolas, una vez son objeto de intervención policial y más allá de la concreta ubicación en que esta se produzca, constituye no solo una práctica inmoral sino también antijurídica
"Si se añade que esta persona es entregada a unas autoridades y fuerzas auxiliares marroquíes, no caracterizadas por la exquisitez de sus procedimientos y el respeto a los derechos humanos, cualquier pretensión de legalidad de esta praxis devendrá vana", continua el escrito.
Entrega respetando los derechos de los inmigrantes
Los juristas señalan que, teniendo en cuenta la Constitución, el derecho de la Unión Europea, los derechos humanos y la propia nueva redacción de la ley de extranjería, estas entregas solo serían posibles a través de un procedimiento en el que se respeten los derechos de audiencia del inmigrante al que se le debe facilitar asistencia letrada y de un intérprete, gratuita si carece de medios económicos.
Debe haber, además, un "control judicial efectivo, lo que implica, al menos, la identificación de los interesados, el dictado de una resolución administrativa individualizada debidamente motivada y que se notifique el régimen de recursos contra la misma".
El informe jurídico, señala que se debe dispensar una especial atención, entre otros, a los menores de edad extranjeros no acompañados y a los solicitantes de asilo y protección subsidiaria.
"La situación geográfica y singularidad de Cueta y Melilla nunca podrán servir para justificar que son territorios en que se excepcione el Estado de Derecho", puntualizan.
“El trato a los extranjeros en la frontera sur nos puede dignificar como personas, o por el contrario, aproximarnos a la barbarie“
Los 15 catedráticos y profesores recuerdan, no obstante, la recomendación al Gobierno español del Comité Europeo para la prevención de la tortura de que ningún extranjero sea entregado a las fuerzas marroquíes por el riesgo de que sea sometida a tratos inhumanos o degradantes.
El documento concluye que la necesidad de preservar los derechos humanos son "una garantía de que no bajamos el listón ético de nuestra sociedad ni la intensidad de nuestros valores democráticos".
"El trato a los extranjeros en la frontera sur nos puede dignificar como personas o, por el contrario, aproximarnos a la barbarie. Hoy con nuestra falta de sensibilidad humana y de rigor jurídico, corremos el riesgo de que la barbarie, más que amenazar murallas de nuestra civilización como antaño, crezca dentro de nosotros y de nuestros miedos para acabar devorándonos".
Ley Orgánica de Extranjería. Disposición adicional décima. Régimen especial de Ceuta y Melilla
1. Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España.
2. En todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte.
3. Las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional.