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El Gobierno aprueba la reforma de la ley tributaria y publicará listas de morosos y defraudadores

  • La lista incluye a los que a 31 de julio deban a Hacienda más de un millón
  • También se harán públicas las condenas firmes de los defraudadores

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El Gobierno aprueba la reforma de la ley tributaria y publicará listas de morosos y defraudadores

El Consejo de Ministros ha modificado la Ley General Tributaria, lo que permitirá conocer la identidad de los morosos y defraudadores de la Hacienda pública. Ahora la reforma se enviará a las Cortes con la intención de esté definitivamente aprobada en el cuarto trimestre de este año.

La primera lista que se publicará, la de deudores, estará compuesta por aquellos contribuyentes que el próximo 31 de julio deban a la Hacienda pública más de un millón de euros. Serán personas físicas y jurídicas con potencial económico y a las que ya se les han pasado los plazos de ingreso en período voluntario, salvo que las deudas estén aplazadas o suspendidas.

Posteriormente en el primer semestre de cada año natural se publicará el listado de los morosos con el fisco que excedan el millón de euros a 31 de diciembre del ejercicio previo.

En la rueda de prensa, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha aclarado que los morosos con Hacienda podrán presentar alegaciones antes de ver su nombre publicado. La Administración Tributaria podría rectificar el listado antes de su publicación definitiva.

El Gobierno lleva tiempo dando publicidad a la lista con el objetivo de propiciar el cumplimiento voluntario y el ingreso efectivo de las deudas antes del último día de julio, puesto que el riesgo de salir en la lista puede animar a los morosos a saldar su deuda con el fisco.

Sentencias condenatorias firmes

Además de la lista de morosos, se publicarán las sentencias condenatorias firmes de los delitos contra la Hacienda pública (delito fiscal, insolvencia punible o contrabando) que alcancen firmeza tras la entrada en vigor de la reforma, aunque deriven de hechos acaecidos previamente. Sin embargo, la publicación "no será completa y se limitará a los aspectos estrictamente necesarios" para disuadir a los defraudadores, según ha detallado Montoro.

El objetivo de que los incumplimientos tributarios más relevantes con reproche penal sean publicados es concienciar a quienes no cumplen con sus obligaciones fiscales para que paguen y eviten el reproche social.

Por otra parte, la reforma ampliará los plazos para el procedimiento de inspección. En concreto, se establecerá un plazo temporal de duración de las actuaciones inspectoras de 18 meses con carácter general (actualmente 12 meses) y de 27 meses para entidades que estén en un grupo u obligadas a auditarse (ahora se contempla una prórroga de 12 meses).

Además, se regularán los casos tasados de suspensión y se suprimirán los supuestos de cómputos de dilaciones. Según el Gobierno, todo esto dota de mayor seguridad jurídica y menor conflictividad.