Enlaces accesibilidad

Condenado a 38 años de cárcel el falso monje shaolín por el asesinato de dos mujeres

  • El magistrado le condena a 19 años por cada asesinato
  • El jurado popular lo declaró culpable de las dos muertes

Por
Condenado a 38 años de cárcel el falso monje shaolín por el asesinato de dos mujeres

Juan Carlos Aguilar, conocido como 'el falso monje shaolín', ha sido condenado a un total de 38 años de cárcel por asesinar con alevosía a Yenny Sofía Rebollo, colombiana de 40 años, y a Maureen Ada Otuya, nigeriana de 29 años de edad, el 25 de mayo y el 2 de junio, respectivamente, tras recogerlas en su vehículo en la calle General Concha de Bilbao y llevarlas a su gimnasio, según la sentencia conocida este jueves.

Tras declarar el jurado al acusado culpable de los dos asesinatos con alevosía el pasado 24 de abril, el magistrado-presidente, Manuel Ayo, ha dictado sentencia en la que le condena a 19 años de cárcel por cada uno de los crímenes, dos años menos de los que pedía el fiscal.

El juez ha rebajado estos dos años por el reconocimiento que hizo Aguilar de su culpabilidad, pero no más por la gravedad de los hechos y porque el encausado no tenía antecedentes penales. El máximo de pena que puede cumplir el falso shaolín son 25 años de cárcel.

No obstante, destaca que Aguilar no se arrepintió y subraya que los crímenes fueron de "extraordinaria gravedad", cometidos con "una violencia inusual", ya que descuartizó el cadáver de Rebollo y a Otuya la estranguló con un cordel, dejándola en coma. Tres días después falleció en el Hospital.

Además, obliga a Aguilar a indemnizar a la familia de Yenny Sofía Rebollo con 133.000 euros, mientras que a los familiares de Maureen Ada Otuya deberá darles 145.000 euros. Así como también tendrá que hacerse cargo de las costas procesales.

Hechos probados

En base de al veredicto del Tribunal popular, la resolución judicial considera probado que Juan Carlos Aguilar recogió a Yenny Sofía Rebollo en la calle General Concha de Bilbao y la llevó a su gimnasio, donde la agredió hasta causarle la muerte. También que en los días posteriores, se fue deshaciendo de partes del cadáver.

En el auto se señala que días después recogió en la misma calle que a la anterior víctima a Maureen Ada Otuya a quien también llevó a su gimnasio, y tras mantener relaciones sexuales, la golpeó y trató de estrangularla con una brida en el cuello y cinta americana.

La resolución judicial afirma que, para ello, no provocó, "de forma innecesaria e inhumanamente, mayor dolor a la víctima", rechazando, de esta forma, que hubiera habido ensañamiento, tal como defendían la acusación particular y popular, ejercida por Clara Campoamor.

Tras la intervención de los agentes de la Ertzaintza, que detuvieron a Shaolín,  Otuya ingresó en estado de coma en el hospital donde falleció tres días después, el 5 de junio, a consecuencia de una encefalopatía secundaria a una asfixia por estrangulamiento.

La portavoz del jurado, compuesto por cinco hombres y cuatro mujeres, fue la encargada de dar lectura al veredicto, por el que el tribunal popular, por unanimidad, consideró al 'falso monje Shaolín' culpable "de haber dado muerte" a ambas mujeres, sin que las víctimas hubieran tenido la posibilidad de defenderse". No obstante, rechazó que hubiera habido ensañamiento como consideraban algunas acusaciones.

El juicio se celebró entre los días 17 y 22 de abril en el Palacio de Justicia de Bilbao.

Sin antecedentes

El asesinato con alevosía se puede penar con entre 15 y 20 años de prisión. En este caso no concurren circunstancias agravantes ni atenuantes, por lo que, según explica el magistrado, se puede imponer la condena en la extensión que se estime adecuada atendiendo a las circunstancias personales del delincuente y a la mayor o menor gravedad del delito.

Manuel Ayo señala que, en el caso de Juan Carlos Aguilar, se le debe condenar a 19 años de cárcel e inhabilitación absoluta porque carece de antecedentes penales y "ha admitido esencialmente los hechos que se le imputaban, salvo las circunstancias relativas a la concurrencia de un eventual ensañamiento que, finalmente, no se consideró acreditado.

La Fiscalía solicitó 20 años por cada uno de los delitos de asesinato con alevosía. La acusación popular, ejercida por Clara Campoamor, pidió que se impusiera a Aguilar 20 años de cárcel por el asesinato con alevosía de Yenny Sofía Rebollo y 25 por el de Maureen Ada Otuya con las agravantes de alevosía y ensañamiento.

Por su parte, el letrado de la familia Otuya reclamó 25 años de prisión por asesinato con alevosía y ensañamiento, y la defensa de la familia de Yenny Rebollo solicitó 20 años de cárcel por asesinato con alevosía.

Contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia, cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que deberá interponerse en un plazo de 10 días desde su notificación.