El pleno del CGPJ avala que se pueda publicar el nombre de defraudadores si hay sentencia firme
- Lo ha hecho gracias al voto de calidad de su presidente al haber un empate
- Varios vocales creen que pueden verse afectados derechos fundamentales
El pleno del Consejo General del Poder Judicial ha avalado con el voto de calidad del presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ publicar los nombres de los defraudadores a Hacienda, siempre y cuando tengan una sentencia firme, como "un elemento preventivo y educativo" frente al fraude.
El órgano de gobierno de los jueces se ha reunido este lunes para votar un informe preceptivo sobre el anteproyecto de Ley General Tributaria impulsado por el Gobierno. El anteproyecto, propone, en concreto, el carácter público del acceso al fallo de las sentencias condenatorias firmes en materia de fraude fiscal y la publicación de un extracto de estas resoluciones en el BOE.
En la votación, el CGPJ se ha fracturado: diez de sus 21 miembros han votado en contra y diez a favor, mientras que Fernando Grande-Marlaska ha emitido un voto en blanco, informa Europa Press.
Han votado a favor del informe, además de Lesmes, vocales pertenecientes a los sectores tanto "progresista" como "conservador" del CGPJ, en concreto Mar Cabrejas, Ángeles Carmona, Nuria Díaz, Juan Manuel Fernández, Vicente Guilarte, José María Macías, Gerardo Martínez Tristán, Juan Martínez Moya y Wenceslao Olea.
Puede afectar a los derechos fundamentales
En contra se han pronunciado también vocales de ambos sectores, Roser Bach, Victoria Cinto, Rafael Fernández Valverde, Enrique Lucas, Carmen Llombart, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo, Concepción Sáez y Pilar Sepúlveda. También Álvaro Cuesta, que ha defendido que el texto remitido por el Gobierno se queda corto y que es necesaria más publicidad y transparencia en lo relativo a la lucha contra el fraude fiscal.
Varios de los vocales que han votado en contra del informe consideran que el anteproyecto puede afectar a los derechos fundamentales.
Cinco de ellos, según informa Europa Press, plantean que la ley de Montoro debería añadir una limitación para afectar solo a los delitos que se cometan con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley para no afectar a los principios de retroactividad y proporcionalidad de la lesión a los derechos a la intimidad, el honor y a la protección de los datos personales.