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La Fiscalía cree que publicar los nombres de los defraudadores podría vulnerar su derecho al honor

  • Critica que se limite a delitos económicos y no a otros más graves
  • Propone que la reforma se haga en el Código Penal y no en la LOPJ

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El Consejo Fiscal considera que la publicación de los nombres de los defraudadores condenados por sentencia firme podría vulnerar su derecho al honor e intimidad y ha criticado que esta medida se limite a los delitos contra la Hacienda Pública y no a otros de mayor gravedad.

Lo que a la Fiscalía le parece más "trascendente" es que se acuerde la medida de publicación de las sentencias para unos pocos delitos y no para otros respecto de los cuales sí pudieran concurrir los requisitos de interés público y necesidad, y que están asociados a la mayor respuesta punitiva, como pueden ser los delitos contra la vida, la integridad física, la libertad sexual o contra la Administración Pública.

De ahí que en su informe al anteproyecto de Ley Orgánica por la que se regula el acceso a la información contenida en las sentencias en materia de fraude fiscal, el Consejo Fiscal proponga que se regule el acceso público al contenido de las resoluciones valorando la gravedad de los delitos.

En cuanto a la sugerencia de que la reforma se realice en el Código Penal y no en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), el informe abunda en que la reflexión sobre las sentencias que deben ser objeto de publicación o conocimiento público debe ser "global" y no sólo referirse a los defraudadores.

El informe insiste a lo largo de 18 páginas en que el caso concreto de las sentencias cuya publicación se pretende por el Ministerio de Hacienda "debería reflexionarse sobre si las finalidades pretendidas pueden conseguirse de otra forma".

Propone como alternativas la notificación de tales sentencias a las Administraciones implicadas o exigiendo a aquel que pretende que se le adjudique un concurso o una subvención "que acredite en el expediente administrativo que carece de antecedentes penales por este delito".

El informe del Ministerio Público es más crítico con la reforma que el dictamen realizado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que avaló el Anteproyecto en términos generales como un "un elemento preventivo y educativo". Ambos dictámenes son preceptivos, pero no vinculantes.