El Constitucional anula el decreto ley andaluz sobre desahucios por invadir competencias
- Considera que la expropiación invade competencias del Ejecutivo central
- Dice que "obstaculiza la eficacia de la política económica" del Gobierno
- La Junta de Andalucía pide a Rajoy que retire el recurso ante el TC
El Tribunal Constitucional ha aceptado el recurso del Gobierno de Mariano Rajoy contra el decreto ley andaluza antidesahucios, que preveía la expropiación de viviendas vacías en manos de los bancos, y ha anulado los aspectos de esta norma que considera que invaden competencias exclusivas del Ejecutivo central. El TC aún no se ha pronunciado sobre la ley posterior, según informa Efe.
El pleno del tribunal de garantías anula así parcialmente el decreto-ley andaluz, dado que considera que la expropiación de dichas viviendas invade la competencia exclusiva del Estado en materia de "coordinación de la planificación general de la actividad económica".
La sentencia, que cuenta con tres votos particulares, entiende que el decreto-ley andaluz obstaculiza (con las expropiaciones) la eficacia de las medidas de política económica desarrolladas por el Gobierno.
Aunque el Constitucional acepta las razones de urgencia que expuso el ejecutivo andaluz para legislar en esta materia a través de un decreto-ley, sí anula determinados preceptos de la norma porque restringen el derecho de propiedad, un ámbito que solo puede verse afectado por normas con rango de ley.
El TC alega que el derecho a la propiedad se regula por una ley formal
Así, el artículo del decreto ley andaluz que establece para el propietario de una vivienda "el deber de destinar de forma efectiva el bien al uso habitacional previsto por el ordenamiento jurídico", queda anulado. No por razones de fondo sino porque, en su caso, debería ser aprobado a través de una ley formal.
El TC recuerda en su fallo también que el recurso del Gobierno central exponía así mismo que la norma andaluza "interfiere en el modo en que el Estado ha ejercido su competencia en materia de bases de la planificación general de la economía, lo que en última instancia supone un menoscabo del ámbito competencial reservado al Estado".
El Estado ha adoptado medidas que "determinan de un modo homogéneo" para todo el país "los sacrificios que se imponen a los acreedores hipotecarios para aliviar la situación de sus deudores", dice la sentencia.
Medidas que afectan a "la actividad económica general"
Estas medidas regulan "el mercado hipotecario en su conjunto y, al tratarse de un subsector decisivo dentro del sector financiero, inciden directa y significativamente sobre la actividad económica general".
Además, las medidas cumplen con "todas las exigencias de la doctrina constitucional relevante, constituyen un correcto ejercicio de la competencia estatal en materia de bases de la planificación económica" y no invaden el ámbito competencial autonómico.
En cambio, dice el TC, el decreto-ley andaluz hace en su disposición segunda "un uso de la competencia autonómica en materia de vivienda que menoscaba la plena efectividad de la competencia estatal" y afecta a un ámbito material que ya había sido regulado por el Estado. Y por eso estima que debe ser anulada esa parte de la norma, que resulta inconstitucional.
La sentencia cuenta con los votos particulares de la vicepresidenta, Adela Asúa, y de los magistrados Juan Antonio Xiol y Encarnación Roca. Al de ésta última se ha adherido el magistrado Fernando Valdés.
La vicepresidenta señala en su voto que la sentencia de la que discrepa "construye un canon sui generis" que no tiene precedente alguno en la doctrina constitucional al reprochar a la norma andaluza su interferencia con las competencias del Estado "sin acreditarlo en ningún momento".
"No se argumenta por qué la medida andaluza puede poner en riesgo el correcto funcionamiento del mercado hipotecario, ni en qué grado conlleva una desprotección o una reducción de la protección dispensada por el Estado a los colectivos desfavorecidos", señala el voto particular.
Para Asúa, "el hecho de que una comunidad autónoma, en el ámbito de sus competencias, haya optado por su propia solución normativa frente a un determinado problema es expresión del principio constitucional de autonomía".
Lo contrario, es decir, lo que ha establecido la sentencia, resulta a juicio de la vicepresidenta "preocupante".
"Se da por bueno que el Estado" pueda "imponer de modo excluyente la solución de un problema social o económico como expresión de las bases de la planificación económica, cerrando el paso a que las comunidades autónomas puedan establecer sus propias medidas al respecto", lamenta.
La Junta le pide al Gobierno que apoye a los vulnerables
Por su parte, el Gobierno andaluz ha pedido este martes al presidente del Gobierno de la nación, Mariano Rajoy, que "se ponga del lado de las personas vulnerables" y retire el recurso contra la Ley de la Función Social de la Vivienda, posterior al decreto ley que el Tribunal Constitucional ha anulado parcialmente.
En conferencia de prensa tras la reunión semanal del Consejo de Gobierno, la titular de Medio Ambiente, María Jesús Serrano, que ha dicho que la sentencia del Alto Tribunal es "polémica" porque no ha habido "unanimidad" de los magistrados, ha recordado que dicho decreto es anterior a la Ley de la Función Social de la Vivienda, que también fue recurrida por el Gobierno de la nación.
"Ahora, más que nunca, el presidente del Gobierno tiene que ponerse del lado de las familias que sufren y debería retirar el recurso a la ley", ha dicho Serrano, que ha considerado que es "el momento" de que Rajoy "dé la cara por los andaluces" para evitar que la citada normativa quede "bloqueada".