Los condenados por delito fiscal podrán evitar la publicidad de las sentencias si pagan la deuda
- Ese pago debe efectuarse "antes de la firmeza de la sentencia", especifica
- Se publicarán solo las sentencias firmes y "jurídicamente inatacables"
- El Ejecutivo aprueba el proyecto de ley, que pasa ahora a las Cortes Generales
El Consejo de Ministros ha dado luz verde al proyecto de la ley orgánica que permitirá publicar de forma parcial las sentencias firmes por delitos contra la Hacienda Pública, aunque los condenados podrán evitar que se publiquen sus sentencias si reparan el daño causado pagando la cantidad defraudada antes de la firmeza de la sentencia, una modificación que se introduce a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
Así lo ha señalado la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde ha explicado que se publicarán solo sentencias firmes, "jurídicamente inatacables" y consideradas probadas por resolución judicial.
"Con esta Ley, el Gobierno no busca someter al defraudador a un castigo adicional a la pena que se le pueda imponer, sino que busca alcanzar una mayor eficacia y transparencia en la actuación tributaria y en la lucha contra el fraude, de manera que todo ciudadano debe saber que sus datos estarán a disposición del público si no cumple con sus obligaciones fiscales y es condenado por ello", señala el Ejecutivo en la reseña del Consejo de Ministros.
Primera lista, en julio
La primera lista que se publicará, la de deudores, estará compuesta por aquellos contribuyentes que el próximo 31 de julio deban a la Hacienda pública más de un millón de euros. "Al establecer una fecha concreta, se abre la posibilidad de saldar antes las deudas para evitar aparecer en las listas", apunta el Gobierno.
Estas sentencias harán referencia a delitos contra la Hacienda Pública, de insolvencia punible y delitos de contrabando, en los casos en que resulte perjudicado el erario público. Como ejemplo, Sáenz de Santamaría ha asegurado que en el año 2014 se produjeron 343 procesos penales firmes por delitos contra la Hacienda Pública.
La publicación, en cualquier caso, será parcial y respetará el derecho al honor y la intimidad del condenado, así como los derechos de todas aquellas personas implicadas en la causa pero que no resulten afectadas por el fallo de la sentencia. Las sentencias se publicarán en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Se aplicará una "retroactividad media"
Cuestionada por la retroactividad, la vicepresidenta ha explicado que el Ejecutivo ha estudiado los diferentes informes que se han emitido sobre la retroactividad de la publicación de las sentencias y el carácter penal o no de una medida de esta naturaleza, sobre la que hay distintos criterios según las instituciones.
A este respecto, ha subrayado que el Gobierno comparte la postura del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de que no es una pena, "igual que no lo son algunas sanciones de ámbito económico que deben publicarse y que no se consideran normas restrictivas".
Sáenz de Santamaría ha subrayado que el Ejecutivo ha optado por una "retroactividad media". Es decir, que se prevé que se publiquen las sentencias que sean firmes una vez que haya entrado en vigor la ley, aunque los hechos se hayan cometido antes.
En este sentido, Sáenz de Santamaría ha asegurado que el tiempo medio de tramitación de una sentencia desde que es registrada la denuncia por la Agencia Tributaria hasta que es firme, en 2014 y lo que ha transcurrido en 2015, ha sido de 2.331 días (6,4 años).
El Ejecutivo lleva a Cortes Generales este proyecto de ley, por el procedimiento de urgencia, después de recibir los informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo Fiscal.