Las víctimas de acoso en el Ejército podrán denunciar directamente ante la cúpula militar
- Es un protocolo elaborado por Defensa a raíz del caso Zaida
- Se facilita la denuncia cuando el presunto acosador es un superior
Las víctimas de acoso sexual en las Fuerzas Armadas podrán presentar la denuncia directamente al jefe de Estado Mayor de la Defensa, los máximos jefes de los Ejércitos y la subsecretaria de Defensa, sin necesidad de utilizar el conducto reglamentario, según el protocolo elaborado por el Ministerio de Defensa.
Defensa informó este martes de que ha enviado a los grupos parlamentarios, para que formulen las observaciones y realicen las aportaciones que consideren oportunas, un borrador de Protocolo de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en las Fuerzas Armadas.
Este Protocolo, que responde a la polémica surgida tras el caso de la comandante Zaida Cantera, incluye medidas para superar el miedo a denunciar y refuerza las vías de denuncia.
Entre ellas establece que la víctima de acoso pueda dirigirse directamente a la autoridad con competencia sancionadora (JEMAD, Subsecretaria de Defensa, JEMEs), sin necesidad de utilizar el conducto reglamentario en la denuncia de los hechos.
Con ello, según Defensa, se facilita la denuncia sobre todo en los casos en que el presunto acosador es el superior jerárquico de la víctima.
Además de la denuncia en vía penal o disciplinaria se posibilita también su remisión a una Unidad de nueva creación, la "Unidad de Protección frente al Acoso", y al Observatorio Militar para la Igualdad entre mujeres y hombres en las Fuerzas Armadas.
Unidades de protección frente al acoso
Habrá Unidades de Protección frente al Acoso en la Dirección General de Personal, en cada Mando o Jefatura de Personal de los ejércitos y en la Jefatura de Seguridad y Servicios del Estado Mayor de la Defensa.
Estas unidades se encargarán tanto de la prevención, sirviendo de canal de asesoramiento e información para toda persona, como de protección de la víctima, realizando una labor de asistencia, apoyo, control y seguimiento.
El Protocolo también garantiza la protección de la víctima y se establecen medidas para alejar al presunto acosador.
La víctima tendrá derecho a solicitar cambio de puesto y al presunto acosador se le destinará en comisión de servicio a otra unidad y pasará a la situación administrativa de suspenso de funciones.
Al acosador se le podrá aplicar un arresto cautelar por un periodo máximo de 48 horas, impuesto por su Jefe de Unidad, el cese en sus funciones por un máximo de dos días, impuesto por su Jefe de Unidad, o un arresto preventivo por un máximo de 20 días, impuesto por la autoridad con competencia sancionadora.
También prevé el cese en funciones por un máximo de 20 días, impuesto por la autoridad con competencia sancionadora.
Sobre los efectos de la denuncia sobre el ascenso, el Protocolo incide en que para los casos de sentencia firme por acoso, la repercusión en el ascenso o ascensos del condenado que hubiera podido tener desde que ocurrieron los hechos, serán las señaladas en el Código Penal Militar.
Por otra parte, el Protocolo también establece medidas de prevención para crear un entorno profesional favorable, que tienen como finalidad la información, sensibilización y formación del personal para prevenir cualquier conducta que pueda ser susceptible de ser definida como acoso sexual o por razón de sexo.
Se garantiza la intimidad y confidencialidad ante la presentación de cualquier denuncia por acoso y plantea medidas de movilidad voluntaria para la víctima y el presunto acosador para que desempeñen su trabajo en puestos alejados.
El Protocolo se aplicará también en los supuestos de acoso profesional derivado de un previo acoso sexual o por razón de sexo, con las mismas pautas de actuación y medidas.