El Tribunal de Justicia de la UE avala el programa de compra de deuda planeado por el BCE en 2012
- "No sobrepasa las atribuciones del BCE en materia de política monetaria"
- "No viola la prohibición de ofrecer financiación monetaria a los Estados", dice
- El programa del Banco Central Europeo no se ha aplicado nunca
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este martes que el programa de compras ilimitadas de deuda pública en el mercado secundario del Banco Central Europeo (OMT, por sus siglas en inglés) se ajusta al derecho comunitario. "No sobrepasa las atribuciones del BCE en materia de política monetaria ni viola la prohibición de ofrecer financiación monetaria a los Estados miembros", sentencia el tribunal europeo. El programa del BCE -que no se ha aplicado nunca- fue anunciado por el presidente del Banco Central Europeo, Mario Draghi, en verano de 2012. A él se le atribuye haber puesto fin a la crisis que amenazaba la existencia del euro.
El fallo responde a una cuestión planteada por el Tribunal Constitucional de Alemania, que puso en duda la legalidad de este programa, pero decidió elevar el caso al Tribunal de Justicia de la UE. El Constitucional alemán preguntaba en concreto si el programa excede el mandato del BCE en materia de política monetaria, usurpa competencias de los Estados miembros e infringe la prohibición de financiación monetaria de los Estados miembros impuesta por los Tratados.
En su sentencia de este martes, el Tribunal de Justicia de la UE responde que "los Tratados de la Unión autorizan al Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) a adoptar un programa con las características del programa OMT" en los términos anunciados por el Consejo de Gobierno del BCE en septiembre de 2012.
Eso sí, con ciertos límites. Según la sentencia, "solo puede adquirir bonos soberanos de los Estados miembros sometidos a un programa de ajuste macroeconómico y que tengan de nuevo acceso a los mercados de la deuda".
Estas líneas rojas son inferiores a las propuestas el pasado mes de enero por el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Pedro Cruz Villalón, quien señaló que el plan era compatible con los Tratados si el BCE no participaba directamente en el rescate financiero del país del que adquiere los bonos.
El programa está dentro de los límites de los Tratados
"Habida cuenta de sus objetivos y de los medios previstos para alcanzar esos objetivos, el programa OMT pertenece al ámbito de la política monetaria y, por tanto, forma parte de las atribuciones del Sistema Europeo de Bancos Centrales", subraya el fallo.
Así, por una parte, al tratar de salvaguardar la unicidad de la política monetaria, el programa OMT contribuye a la realización de los objetivos de dicha política, en la medida en que, con arreglo a los Tratados de la Unión, ésta debe ser "única".
"Por otra parte, al tratar de salvaguardar la adecuada transmisión de la política monetaria, dicho programa puede, a la vez, preservar la unicidad de dicha política y contribuir al objetivo principal de ésta, que es el mantenimiento de la estabilidad de precios", apunta el Tribunal.
El fallo sostiene además que "las características específicas del programa OMT no permiten afirmar que dicho programa sea equiparable a una medida de política económica" y que "no viola tampoco el principio de proporcionalidad".
No ofrece financiación monetaria a los Estados miembros
En cuanto a la prohibición de ofrecer financiación monetaria a los Estados miembros, el Tribunal de Justicia considera que el BCE ha dado garantías suficientes de que su intervención no tendría un efecto equivalente al de la adquisición directa de bonos soberanos a las autoridades y organismos públicos de los Estados miembros.
"En la medida en que estas garantías permiten evitar que las condiciones de emisión de los bonos soberanos se vean alteradas por la certeza de que el Sistema Europeo de Bancos Centrales recomprará los bonos tras su emisión, también permiten excluir que la aplicación del programa OMT produzca, en la práctica, un efecto equivalente al de la adquisición directa de bonos soberanos a las autoridades y organismos públicos de los Estados miembros", dice la sentencia.
Según el Tribunal de Justicia, las características del programa impiden que éste pueda ser "capaz de neutralizar en los Estados miembros la incitación a aplicar una sana política presupuestaria y, por tanto, capaz de eludir el objetivo que se persigue al prohibir ofrecer financiación monetaria a los Estados miembros".
La sentencia supone también un aval indirecto al actual programa de compra de deuda aprobado en enero y que el BCE puso en marcha el pasado mes de marzo, y mediante el cual tiene previsto adquirir hasta 60.000 millones de euros al mes hasta septiembre de 2016 con el fin de que la inflación retorne a niveles cercanos al 2%.