La Generalitat catalana regula el alquiler de habitaciones en casas particulares
- Regulariza y ordena las nuevas modalidades de alojamiento turístico
- El alquiler de habitaciones y los albergues quedarán sujeto a la tasa turística
- 0,65 euros por persona y noche en Barcelona es la tasa para las habitaciones
La Generalitat catalana regularizará y ordenará las nuevas modalidades de alojamiento turístico, como el alquiler de habitaciones en viviendas particulares, que quedará sujeto a la tasa turística, con un importe mínimo de 0,65 euros por persona y noche en Barcelona y 0,45 euros en el resto de Cataluña.
El consejero de Empresa y Empleo, Felip Puig, ha presentado este martes en rueda de prensa las líneas estratégicas de esta nueva normativa, con la que el gobierno catalán quiere ordenar y simplificar los diferentes tipos de alojamientos turísticos, incluidas aquellas modalidades que hasta ahora quedaban al margen de la regulación y que promueven plataformas como Airbnb.
Así, el ejecutivo catalán considerará alojamiento turístico el alquiler de habitaciones en una vivienda compartida, así como las áreas de acogida de autocaravanas, y someterá también al pago de la tasa turística a los albergues.
Evitar la economía sumergida y la indefensión del consumidor
"Queremos ir ordenando nuestra oferta turística para evitar la economía sumergida y situaciones de indefensión del consumidor y de degradación de nuestra oferta", ha subrayado Puig tras la reunión del Consell Executiu.
En el caso de las habitaciones en vivienda compartida, la nueva regulación establece que el titular de la actividad -el propietario del inmueble- ha de estar empadronado y pernoctar en el piso durante la estancia del usuario.
Puede ceder un máximo de dos habitaciones durante un máximo de cuatro meses al año y el número de personas que se pueden alojar en estas habitaciones no puede superar el establecido en la cédula de habitabilidad.
El propietario, además, ha de permitir el uso del baño a los huéspedes, que han de disponer de una habitación con ventilación, y sólo puede prestar servicio de desayuno (modalidad conocida como 'bread&breakfast').
La Generalitat también ha decidido regular las denominadas áreas de acogida de autocaravanas, espacios de terreno delimitados para la ocupación exclusiva de autocaravanas en tránsito a cambio de una contraprestación económica.
Estos espacios no admiten elementos fijos como bungalows o módulos y permiten una estancia máxima de 48 horas.
"Se trata de una infraestructura con una demanda muy alta, sobre todo para turistas que provienen de países del norte y centro de Europa y de Italia y que viajan haciendo ruta", señala la Generalitat, que recuerda que Cataluña hasta ahora no cubría esta necesidad.
Ocho modalidades de alojamiento turístico
Con esta regulación, la Generalitat identifica ocho modalidades de alojamiento turístico: los hoteles, los albergues, los apartamentos, las casas de turismo rural, las viviendas de uso turístico, los cámping, las habitaciones en piso compartido y las áreas de acogida de autocaravanas.
La propuesta regulatoria de la Generalitat proporciona también a las administraciones nuevas herramientas jurídicas y procedimientos para perseguir la actividad turística ilegal, dotando a los ayuntamientos de la misma capacidad sancionadora que el Gobierno regional.
Asimismo, obliga a las empresas que prestan o facilitan servicios de comercialización y promoción de alojamientos turísticos, incluidas las plataformas de Internet, a cumplir con la obligación de hacer constar el número del Registro de Turismo de Cataluña en toda publicidad que realice del alojamiento en cuestión o la prohibición de comercializar oferta ilegal.
El consejero Puig ha destacado que esta regulación se ha estado trabajando en el marco de la Comisión Sectorial de Ordenación de la Mesa de Turismo, formada por representantes empresariales, académicos, jurídicos y municipales, en la que "se ha escuchado e interlocutado con todas las partes implicadas".