Medio millón de autónomos, perjudicados por la subida de cotización prevista en los presupuestos de 2016
- Serían aquellos que tienen rendimientos inferiores a 10.000 euros anuales
- El proyecto de Presupuestos incluye un aumento del 1%
- ATA denuncia el alza y pide que se cotize en función de los ingresos reales
Casi medio millón de autónomos se verán perjudicados por la subida del 1% de la base mínima de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social planteada en los Presupuestos Generales del Estado para 2016, según ha denunciado este miércoles la organización de autónomos ATA. La subida afecta a todo el colectivo de autónomos, pero en el caso del medio millón mencionado por ATA, su cotización al sistema será mayor que sus rendimientos netos.
Según datos del Ministerio de Hacienda, casi medio millón de autónomos declaran unos rendimientos íntegros (brutos) de 15.000 euros anuales, lo que supone un rendimiento neto (tras pagar impuestos) inferior a 10.000 euros al año.
"Con la subida en la base mínima de cotización, estos autónomos tendrán que cotizar en 2016 por una base mínima de 893,10 euros al mes, en total 10.717,2 euros anuales, es decir, por encima de su rendimiento neto", ha criticado ATA.
La organización ha argumento que, en los cuatro últimos años, estos autónomos han visto incrementada en un 5% su cotización, realizando así "un esfuerzo contributivo no acorde con sus ingresos reales".
Para adecuar la base de cotización a los ingresos reales, ATA propone establecer cinco tramos de cotización: una mínima, tres intermedias y una máxima, manteniendo la voluntariedad para que aquellos que quieran cotizar por encima de sus rendimientos netos puedan hacerlo.
La base mínima planteada por ATA sería similar similar al salario mínimo interprofesional, de forma que todo aquel autónomo persona física cuyos rendimientos estén por debajo del SMI estará exento de cotizar, aunque sí tendrá obligación de pagar impuestos.
"Todo lo que son subidas lineales en la base mínima supone un esfuerzo contributivo para los que tienen menos rendimientos netos, y apenas lo notan los que tienen mayores ingresos", ha subrayado el presidente de ATA, Lorenzo Amor, quien ha añadido que espera que "2016 sea el último año en que los autónomos no puedan cotizar por sus ingresos reales".
Todos los trabajadores autónomos están obligados a cotizar desde el primer día del mes en que inicia su actividad y esa obligación subsiste mientras el trabajador desarrolla su actividad, incluso durante las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y períodos de descanso por maternidad o paternidad. La obligación termina el último día del mes en que el trabajador finaliza su actividad por cuenta propia.