La Fiscalía pide a la Audiencia que tramite las recusaciones de dos magistrados que juzgarán Gürtel
- Ve razonables las "dudas" sobre la parcialidad de Enrique López y Espejel
- Recuerda que fueron elegidos por el PP para cargos en el CGPJ y el Constitucional
La Fiscalía Anticorrupción ha pedido a la Audiencia Nacional que admita a trámite las recusaciones presentadas por el PSOE y la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE) contra dos de los tres magistrados que deben juzgar el caso Gürtel, Enrique López y Concepción Espejel.
Ambas acusaciones recusaron a estos dos magistrados, que también juzgarán los papeles de Bárcenas, alegando que tienen interés en la causa por afinidad ideológica con el PP.
Anticorrupción señala en dos escritos remitidos a la Sección Segunda de la Sala de lo Penal que no puede afirmarse que las "dudas" sobre la falta de imparcialidad de estos dos magistrados resulten "de todo punto irracionales".
En este sentido, recuerda que el extesorero del Partido Popular Luis Bárcenas, que se enfrenta a una petición de 42 años y medio de cárcel, votó a Concepción Espejel cuando era senador en 2008 para que fuera vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Los fiscales también recuerdan que cuatro exdiputados del PP en la Asamblea de Madrid que se sentarán en el banquillo -Alfonso Bosch Tejedor, Benjamín Martín Vasco, Alberto López Viejo y Carlos Clemente Aguado- votaron a Enrique López como magistrado al Tribunal Constitucional en 2008, informa Europa Press.
En el informe referente a Enrique López el fiscal recuerda que las acusaciones cuestionan su imparcialidad por su amistad con algunas de las partes y su interés en el procedimiento.
Añade que las acusaciones se basan en una supuesta relación de Enrique López con el PP, "formación política a la que se atribuye la condición de partícipe a título lucrativo y a la que pertenecieron o desempeñaron distintos cargos algunos acusados, como Luis Bárcenas, Álvaro de Lapuerta y Ángel Sanchís, extesoreros o exgerentes" del partido.
Agrega que las acusaciones sustentan el vínculo de Enrique López con el PP en su participación en cursos impartidos en la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), financiada por el partido, y en actos del mismo, así como en la publicación de artículos que consideran elogiosos o afines a su ideología.
Vocal del CGPJ y magistrado del TC a propuesta del PP
Asimismo en la forma en que se acordaron sus nombramientos como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y como magistrado del Tribunal Constitucional, a propuesta y a instancias del PP, además de "la existencia de una relación de parentesco con una persona vinculada a un imputado en el procedimiento principal del que dimana" esta parte de la causa.
A juicio del fiscal los supuestos de recusación han de centrarse en el posible interés del magistrado en la causa objeto del juicio y destaca que "no puede afirmarse que resulten del todo punto irracionales las dudas albergadas sobre la imparcialidad" del magistrado.
Por ello estima que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional debe examinar el cumplimiento de los cánones de apariencia de imparcialidad exigidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos valorando si un observador objetivo tendría razones para dudar de la imparcialidad de Enrique López.
Relación de Espejel con Cospedal
Sobre Concepción Espejel, el fiscal recuerda que las acusaciones alegan su afinidad con el PP que afectaría a su imparcialidad, que se reflejaría en el discurso de María Dolores de Cospedal cuando era presidenta de Castilla-La Mancha con motivo de la imposición a la magistrada de la Gran Cruz de San Raimundo de Peñafort, además de que fue nombrada vocal del CGPJ a instancia del PP.
Para el fiscal "tampoco puede afirmarse que resulten del todo punto irracionales las dudas albergadas sobre su imparcialidad".
La Fiscalía, sin embargo, se opone a la declaración testifical de la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, y del exministro de esta misma formación Federico Trillo, "por estimarlas inútiles e impertinentes respecto de los hechos que se pretende acreditar".