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Elecciones catalanas 27S

La Junta Electoral amplía el plazo del voto por correo en territorio español hasta el 24 de septiembre

  • Se alarga hasta el viernes 25 en las localidades en las que el jueves sea festivo
  • Sin embargo, no amplía los plazos para los residentes en el extranjero

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Una urna en un colegio electoral en Albatarrec, Lleida, en una imagen de archivo.
Una urna en un colegio electoral en Albatarrec, Lleida, en una imagen de archivo.

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este jueves ampliar el plazo del voto por correo en España para las elecciones catalanas del 27 de septiembre hasta el jueves 24, mientras que ha rechazado ampliar el de los electores que se encuentran en el extranjero temporal y permanentemente.

En el acuerdo sobre el voto por correo, la JEC detalla que el plazo se amplía un día, hasta el jueves 24, mientras que se alarga hasta el viernes 25 en las localidades en las que el jueves sea festivo, entre ellas Barcelona, que celebra La Mercè.

El otro acuerdo rechaza la ampliación del plazo de remisión del voto por correo de los electores residentes en el extranjero temporalmente ausentes (Erta) y los residentes ausentes que viven en el extranjero (Cera), como solicitó la Generalitat.

Destaca que ampliar el período de voto a los electores que se encuentran en el extranjero "podría provocar el efecto contraproducente de que tales votos no pudieran ser computados por llegar a su destino con posterioridad al escrutinio".

Defiende que los procesos electorales deben realizarse dentro de un período de tiempo breve, lo que "determina que los plazos que lo rigen sean muy ajustados", y ha señalado que la documentación electoral se envió con suficiente antelación.

Señala que la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) establece que los plazos electorales son improrrogables si no se acreditan "circunstancias excepcionales o alteraciones inusuales que hagan aconsejable acordar dicha ampliación".