El juez procesa a dos miembros de los Grapo por el secuestro hace 20 años de Publio Cordón
- Acusa de detención ilegal a José Ramón Teijelo y a Mª Victoria Gómez Méndez
- El magistrado les impone una fianza de tres millones de euros
- La viuda de Cordón muestra su satisfacción pero critica la "lentitud" de la justicia
El juez de la Audiencia Nacional Juan Pablo González ha procesado a los miembros de los Grapo (Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre) José Antonio Ramón Teijelo y María Victoria Gómez Méndez por su presunta participación en el secuestro del empresario zaragozano Publio Cordón en 1995. El magistrado les considera responsables de un delito de detención ilegal y les impone una fianza de tres millones de euros por las responsabilidades pecuniarias a las que se les pudiera condenar.
Según el auto de procesamiento, Cordón falleció a las dos semanas de cautiverio en Lyon por las lesiones que sufrió y por las que no recibió asistencia sanitaria y los tres secuestradores que le custodiaban enterraron su cadáver en una zona del Mont Ventoux (sur de Francia) "sin que hasta la fecha, y pese a los esfuerzos realizados, haya podido ser localizado el cadáver".
Pese a ello, el juez no ha encontrado indicios suficientes para acusar a Teijelo y Gómez Méndez de un delito de homicidio por omisión ni de estafa y desiste por el momento de procesar por estos hechos a otros dos grapo: Manuela Ontanilla y Vicente Sarasa.
Los cuatro fueron detenidos en junio de 2012 en el marco de esta causa y actualmente se encuentran en libertad, por lo que el juez ha citado a los dos procesados para tomarles declaración indagatoria el próximo 14 de octubre.
Búsqueda en el sureste de Francia
En 2009, la Guardia Civil comenzó a buscar en el sureste de Francia el cadáver de Cordón y el anterior titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, que ahora ocupa González, reabrió el caso tras la confesión sobre el entierro del cadáver que hizo Fernando Silva Sande, ya condenado por el secuestro del empresario.
El magistrado relata cómo, tras su secuestro en Zaragoza, Cordón fue trasladado en primer lugar a Vitoria (Álava) y desde allí Silva Sande y otros dos miembros del Grapo -Concepción González y el ya fallecido José Ortin- le llevaron a Lyon.
Allí Teijelo había alquilado una vivienda, ubicada en una parcela con jardín en la que se habilitó "un pequeño espacio abuhardillado con la finalidad de mantener allí retenido al secuestrado".
Testimonio sobre el plan del secuestro
Según el juez, los responsables de su custodia fueron Silva Sande, Teijelo y Gómez Méndez y considera que ellos fueron los que, "tras recibir instrucciones de los jefes de la organización terrorista", enterraron el cadáver.
El magistrado detalla en el auto los indicios de responsabilidad criminal que recaen sobre los imputados, fundamentalmente el testimonio del testigo protegido denominado "Alfa" y cuya versión sobre la muerte de Cordón resulta "verosímil", aunque no se haya podido conocer la causa y las circunstancias concretas en que se produjo el fallecimiento. Este testigo declaró, según el auto, que los ahora procesados fueron quienes alquilaron la casa haciéndose pasar por matrimonio y aportó datos que permitieron localizar la vivienda.
Como elemento de "corroboración externa" de esa confesión, el juez destaca las manifestaciones de la propietaria, que declaró que entre 1993 y 1996 alquiló la casa a una pareja de profesores españoles que se identificaron como "señores Monforte" y que tuvieron que abandonar la casa "precipitadamente debido a una enfermedad sobrevenida de la mujer".
Tras mostrarle una serie de fotografías, la mujer señaló a Teijelo "comentando que su inquilino tenía más o menos la misma fisonomía pero que era más joven". La propietaria también aportó un contrato del seguro Abeille Assurances en el que figuraba escrito a mano "este es el contrato para el inquilino de la primera planta, el señor Monforte (español)".
Documento que demuestra la "planificación" de la "infraestructura
Después, gracias a las gestiones de la Policía francesa, se halló en la sede de la aseguradora un documento acreditativo de ese contrato a nombre de "M et Mme José Monforte" en calidad de arrendatarios hasta el 26 de julio de 1995, aunque su duración estaba prevista hasta junio de 1996.
Para el juez la relevancia de este documento es que sitúa ese arrendamiento en una fecha anterior, aunque próxima al secuestro, lo que demostraría "la planificación y preparación de la infraestructura" en la que iban a mantener retenido a Cordón.
Además, la rescisión del contrato "bastante antes de la fecha inicialmente prevista", da "consistencia a la versión" del testigo protegido, que declaró que el secuestrado había muerto "accidentalmente, que se cayó por un tejadillo en un intento de huida, así como que falleció una semana o dos antes del pago del rescate, lo que precipitó la salida del domicilio del comando situando con ello el fallecimiento, aproximadamente, a finales del mes de julio de 1995".
A todo esto, el juez añade que cuando Teijelo fue detenido en 2005 en Francia se le intervino un DNI con su fotografía a nombre de José Luis Monforte Andreu y su verdadero titular declaró en 2012 que había perdido el documento a mediados o finales de los 80.
Tras conocer la decisión del juez Pilar Muro, viuda de Publio Cordón, ha mostrado su satisfacción, en declaraciones recogidas por Europa Press, al tiempo que ha agregado que los dos grapos que "estuvieron" en el secuestro y "custodiaron" a su marido, "tienen que pagar por ello". Después, ha criticado la lentitud de la justicia: "Ya han pasado veinte años del secuestro, no puedo entender cómo no han podido ser procesados antes por detención ilegal".